El Secretario General del SCE nos propone realizar aportaciones al documento de Modernización del SCE en un momento donde se está pendiente de tramitarlo en el Consejo General de Empleo, y cuando algunas medidas contempladas en el borrador se están ejecutando como es la puesta en marcha de las Oficinas Comarcales.  No obstante, cualquier medida de modernización del SCE donde se prime su orientación básica como servicio público es altamente positivo tanto para la organización como para los ciudadanos.    

Hay que resaltar un elemento negativo de este proceso y es que no se ha contado con la participación de los recursos humanos del SCE, con una amplia experiencia y cualificación  profesional, ni con sus representantes legales (Comités de Empresas y Juntas de Personal).  En las políticas de planificación y organización es fundamental implicar a sus efectivos laborales, y en este organismo por suerte disponemos de profesionales con una amplia experiencia en materia de políticas de empleo.

Para este Comité de Empresa hubiese sido positivo que se le proporcionara este documento con antelación y no con un plazo tan escaso para realizar aportaciones a este documento. Ante el breve espacio de tiempo que nos han dado este Comité quiere abordar dos aspectos fundamentales:

 -El papel de las Oficinas de Empleo.

-El plan de estabilización del personal temporal.

Con respecto a las oficinas de empleo es necesario identificar su papel. En 1999 se transfirió a la Comunidad Autónoma de Canarias la gestión de las políticas activas de empleo, donde se incluían las Oficinas de Empleo. En sí, han constituidos unidades de gestión para potenciar la intermediación en el mercado de trabajo, mediante el  conocimiento y asesoramiento de sus demandantes, y la captación y gestión de ofertas de empleo, con la finalidad de proporcionar a los trabajadores un empleo adecuado a sus características como facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados a sus requerimientos y necesidades. Todo ello se ha desarrollado en el marco territorial de las Islas, acercando los servicios a los ciudadanos, con un una red amplias de oficinas. Es fundamental recalcar este trabajo porque en el documento de Modernización del SCE se habla que no cumplían sus objetivos.

La propuesta que recoge el documento de Modernización tiende a un nuevo modelo de oficinas de empleo:

 - Oficinas comarcales con un perfil técnico en áreas de ofertas, intermediación, orientación, etc.

 -  Oficinas administrativas donde se gestionarán la información de prestaciones y las inscripciones abreviadas.

A nivel organizativo este nuevo modelo ha generado incertidumbres en el personal de oficinas, ya que con las funciones que tienen encomendadas se produce una preocupación por si habrá trabajo suficiente y adecuado, sobre todo para el personal administrativo. En una reciente reunión de este Comité con la Dirección se expuso este tema, donde se nos tildó de alarmistas, pero si es prioritario ampliar el catálogo de funciones a desarrollar por este personal. En la práctica se están observando disfuncionalidades a la hora de implantar nuevos procesos como el B.A.E.  Por ejemplo, desde que se inscribe el usuario hasta que se le da cita previa por parte del técnico pueden pasar meses, en la que el personal administrativo no puede inscribir titulaciones, mientras una persona ha perdido opciones de realizar un curso de formación. Esta debilidad debería corregirse con una ampliación de tareas dirigida al personal administrativo,  que ya cuenta con experiencia profesional, para hacer modificaciones de la demanda. Si el B.A.E. está orientado a personas dispuestas a trabajar es conveniente contar con las mejoras de los procesos internos. 

No podemos dejar pasar la ocasión para incidir en un aspecto fundamental: la optimización de los recursos humanos. Dentro de una visión de una oficina de empleo como un eje estratégico en la puesta en marcha de políticas de empleo en el marco territorial es importante disponer de personal con experiencia y cualificación. Por ello, le proponemos que articulen el artículo 16 del Convenio Colectivo del personal laboral como instrumento dinamizador en aras a potenciar los servicios que se prestan a los ciudadanos.

Otro aspecto a resaltar es que este nuevo modelo de oficina de empleo rompe con el principio de acercar los servicios a los usuarios al obligarles a un desplazamiento de su zona de residencia, contraviniendo las aspiraciones que promulga el SCE sobre la prestación de un servicio público basado, entre otros, en el principio de máxima proximidad al ciudadano canario (véase el inicio de los antecedentes de la Resolución de 30 de octubre de 2009, del SCE, publicado en el B.O.C. nº. 223 de 13 de noviembre de 2009).  En definitiva, para este Comité las Oficinas de Empleo deben ser instrumentos territoriales en materia de intermediación y orientación profesional, porque este nuevo modelo tenderá a vaciar de contenido a las actuales Oficinas de Empleo.

Otro rasgo característico de este nuevo modelo y ligado a la implantación del B.A.E.  es la puesta en marcha del aplicativo  informático que es la agenda electrónica y vinculada a Funcatra. Desde este punto de vista no entendemos que teniendo una amplia base de datos a través del SISPECAN se tenga que implementar un procedimiento que está relacionado con la citada fundación. En este marco, es importante delimitar las funciones del Servicio Público de Empleo, ya que Funcatra funciona como agencia de colocación y con encomiendas de gestión propias del SCE, porque de lo contrario no nos encontraríamos con una red integrada de agentes que operan en materia de empleo, sino un proceso de externalización de funciones públicas. Por ello, le proponemos que el sistema B.A.E. esté relacionado directamente con el SISPECAN-Demandantes.

En otro orden de cosas el documento de Modernización dedica un capítulo a la consolidación de la plantilla del personal laboral temporal. En sí, supone un elemento positivo que el SCE quiera estabilizar a su personal laboral y que reconozca que está realizando funciones estructurales, ya que uno de los objetivos prioritarios de este Comité es avanzar en líneas de consolidación para el personal temporal.

No obstante, es fundamental que a los representantes de los trabajadores se nos aporte la documentación que sustenta un Plan de Empleo para la consolidación de la estructura de recursos humanos del SCE como así establece este Plan de Modernización. 

Cuando se habla en el documento de darle carácter estructural a los puestos siguiendo una RPT acorde con los ratios de trabajador/perceptor de prestaciones que tiene el Servicio Público Estatal es importante que esta ordenación de los recursos humanos contemple a todo el personal sin excepciones. Pero, al mismo tiempo el texto tiene que hacer referencia también a los recursos humanos que trabajan en los servicios centrales.

Por otro lado, la reestructuración administrativa que se cita debe ir ligada a las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo y no a simple resoluciones administrativas. En este sentido, se debe contar en todo momento con la participación de los representantes de los trabajadores.

 Las Palmas de Gran Canaria a 15 de diciembre de 2009