La Coctelera

Blog del comité de empresa del SCE de Las Palmas

La información sindical al minuto

19 Junio 2009

NOTA INFORMATIVA

El Comité de Empresa quiere aclarar determinadas cuestiones de la nota informativa del sindicato COBAS donde se acusa al Comité de no preocuparse por la consolidación del personal temporal y que a todas luces son falsas:

-Para este Comité uno de sus principales objetivos es la búsqueda de fórmulas de consolidación del personal laboral, que representa casi un 50% del total de los efectivos laborales del SCE. No obstante, la Dirección General de Función Pública ha manifestado que el único instrumento de consolidación que se realizará es el que se establece en la Disposición Adicional Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, que es una norma básica para todas las Administraciones Públicas. En anteriores notas informativas se ha informado de esta circunstancia, que también es de conocimiento de todos los sindicatos que componen este Comité. Para que quede nítidamente claro, cualquier procedimiento de ordenación de recursos humanos conlleva la negociación con la Dirección General de Función Pública, responsable de la política de personal de los recursos humanos de la Administración Pública de Canarias, en la Mesa General de Negociación de Empleados públicos, donde están presentes los sindicatos de UGT, CC.OO, IC y SEPCA.

En este sentido, hay que resaltar que es falso decir que el Comité no quiere abordar el tema de la consolidación, sino que en la mesa principal de negociación de los empleados públicos Función Pública ha dejado claro que la consolidación del personal temporal debe ajustarse a lo establecido en el EBEP, por lo que cualquier sindicato que no se encuentre en esta mesa debería informarse de este procedimiento en Función Pública antes de lanzar acusaciones de este tipo.

-Por otro lado, hay que aclarar que las afirmaciones atribuidas a tres sindicatos (UGT, CC.OO y SEPCA) sobre el tema de la consolidación son erróneas. En el Acta del 30 de marzo de 2009, que fue aprobada por unanimidad en la reunión del C.E. del 27 de abril, cuando se trató el punto sobre “Información sobre la funcionarización y consolidación de empleo de los representantes del Comité cuyos Sindicatos están en las negociaciones”, en el citado Acta se recoge lo siguiente: “Se informó que en la actualidad la Administración no se había sentado a negociar con los sindicatos presentes en la mesa general de empleados públicos de Canarias. Además, que esta materia no era de negociación de los Comités de Empresas. De todas formas, que si había algún sindicato interesado en el tema les hiciera llegar a la Dirección General de Función Pública sus propuestas o solicitase a los Sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos información al respecto.” Como se observa, lo que se recogió en el Acta hace referencia al proceso de ordenación de los recursos humanos que se está negociando en la Mesa General de Empleados Públicos, que como tal no es competencia de los Comités de Empresas.

-Por último, es falso que el Presidente dijera que el tema de la consolidación del personal laboral no se trataría más en ninguna reunión del Comité de Empresa. Además, estas afirmaciones van en contra de la forma de trabajar del Presidente del Comité, ya que uno de los elementos característicos de éste órgano de representación es la participación y la colaboración, donde la información es fluida y los acuerdos son tomados por mayoría de sus miembros. Hay que dejar claro que en el Acta de la reunión del Comité de Empresa del 27 de abril de 2009, aprobado en la reunión del 25 mayo, dentro de ruegos y preguntas de comentó lo siguiente: “José Ruano (sindicato COBAS) comentó sobre el tema de la consolidación del empleo, ya que no estuvo en la reunión del último Comité y no había recibido información al respecto. Por parte del Presidente se le comenta que en la actualidad Función Pública no se ha reunido con los sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos para analizar la ordenación de los recursos humanos en Canarias, que incluye tanto la funcionarización del personal laboral fijo como la consolidación del empleo temporal, y que ésta se desarrollará según Función Pública, al amparo en los dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público, afectará a los puestos anteriores al 1 de enero de 2005”.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2009

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