Blog del comité de empresa del SCE de Las Palmas http://cesce.espacioblog.com La información sindical al minuto es-es Televisión y Series /imag/ed/hombre65x65.png Blog del comité de empresa del SCE de Las Palmas http://cesce.espacioblog.com the-shaker v0.1. More on http://www.the-shaker.com NOTA INFORMATIVA SUBDIRECCIÓN DE FORMACIÓN http://cesce.espacioblog.com/post/2009/09/25/nota-informativa-subdirecci-n-formaci-n 2009-09-25T13:38:26+00:00  Les informamos que el Director del SCE ha dictado una Resolución por la que se regula la organización funcional de las actuaciones comprendidas en la Subdirección de Formación, con fecha de 11/09/2009 ha sido notificada el viernes 18 de septiembre a todos los integrantes de la Subdirección de Formación. Ello implica que el personal estará encuadrado en los Servicios, Secciones y/o Unidades Administrativas que se modifican. La nueva estructura administrativa, modifica la actual R.P.T. publicada en el B.O.C. de 22 de diciembre de 2006, que es aprobada en el Consejo General de Empleo. La estructura administrativa que se plantea es la siguiente:

 -Unidades administrativas comunes en ambas provincias: Sección de Formación para desempleados, seguimiento, evaluación y calidad formativa; Sección de Acreditación e inscripción de centros, prácticas en empresas, becas y ayudas; Unidad de subvenciones y proyectos y unidad Sispecan-Formación; Sección de Gestión Económica, justificación y Certificación.

 -Unidad administrativa solamente en la provincia de Tenerife: Unidad de Formación para Ocupados. Y dentro de la formación para ocupados es donde introducen a Funcatra dentro del organigrama.

 Como se observa es una modificación sustancial de la estructura organizativa y no una distribución de efectivos por necesidades del servicio.

 Como ha sucedido con otras materias de este organismo no se ha contado con la participación de los representantes de los trabajadores en un tema de organización donde al menos se les debería informar.

 En el mes de Julio de 2009 el C.E. de Las Palmas tuvo una reunión con el Director y con Secretario General, que ya se informó de ello, y no se nos dijo nada al respecto. Tal y como viene esa resolución, no es un tema de ahora para después, sino que ya estaba en la caldera a punto de ebullición.

 Esta modificación, entendemos debería haberse aprobado por el Consejo General de Empleo, y ello no ha sido así: una vez más prevalece la imposición frente a la razón.

 Otro aspecto preocupante para este Comité es que se le da carta de naturaleza a Funcatra dentro del organigrama de la Subdirección de Formación, un claro ejemplo de la usurpación de funciones públicas por parte de una entidad ajena a la Administración Pública.

 En la propia Resolución del Director nº. 09/8480 de fecha de 11 de septiembre de 2009, establece el plazo de 30 días para poder presentar recurso de alzada, ante el Consejero como paso previo al contencioso-administrativo, entre otros cauces legales.

 Por todo ello, este Comité se reservará el derecho de emprender acciones legales contra esta Resolución.

 Las Palmas de Gran Canarias, a 25 de septiembre de 2009

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NOTA INFORMATIVA http://cesce.espacioblog.com/post/2009/07/28/nota-informativa 2009-07-28T09:28:13+00:00  1.- Creación de nuevas plazas de R.P.T. en el SCE

El Secretario General del SCE ha señalado que en un Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias de principios de julio se acordó la creación de plazas en este organismo autónomo atendiendo a su especificad. Este procedimiento estaría dirigido al personal temporal e indefinido que en la actualidad no tienen plazas en la R.P.T.

También, resaltó que a partir de septiembre el Consejo General de Empleo va a aprobar e iniciar el expediente de ampliación de la R.P.T. dentro del marco de la Modernización del SCE que contempla el Pacto Social por la Economía y el Empleo en Canarias, firmado recientemente entre el Gobierno de Canarias y los agentes sociales y económicos. La citada relación de puestos de trabajo será financiada con el P.I.E.C., que recientemente el Gobierno Central ha prorrogado para los próximos años.

Por otro lado, ha indicado que desde la Dirección del organismo se ha tramitado la solicitud ante la Dirección de los Servicios Jurídicos y de Función Pública para la conversión de los temporales en indefinidos.

Además, indica que habrá un marco de ordenación específica para el SCE, con un proceso de consolidación al margen del que se está negociando en la actualidad entre Función Pública y los sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos.

 2.- Cambios del código en la Seguridad Social del personal indefinido

Como recordaran al personal indefinido se le ha puesto el código 410 (contrato de interinidad a tiempo completo). En este sentido, el Comité de Empresa ha solicitado que se les adjudique el código 100. Hay que informar que se está pendiente de un informe de la Inspección de Trabajo para determinar este tema, para lo cual se les ha adjuntado copia de una sentencia judicial.

Relacionado con lo anterior este Comité solicitará a la Dirección del Servicio Canario de Empleo que se realice una aclaración de las ocupaciones que tienen los compañeros que han firmado los contratos indefinidos por sentencia judicial firme y la descripción de las mismas se adecuen a las tareas que realmente desarrollan. Por ejemplo, las funciones que se adjudica a un auxiliar administrativo son las de taquigrafía cuando en realidad las funciones que desarrollan son otras de carácter más especializado.

3.- Creación del Comité de Salud Laboral de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

El pasado día 17 de junio de 2009 se constituyó este Comité, del cual dependerá el Servicio Canario de Empleo. Hay que resaltar que en la misma estará Juan Alonso como delegado de prevención y que es compañero del SCE en Las Palmas. Por ello, es importante canalizar cualquier problema en esta materia a través del Comité de Empresa.

 Nos han informado que dentro de los temas que se han solicitado se encuentran las evaluaciones de riesgos realizadas en el SCE como las correspondientes a las Oficinas de Empleo de Gáldar, Rafael Cabrera y Telde.

 4.- Protocolo por la Gripe A

 Ante el problema de la Gripe A este Comité solicitará a la Dirección del Servicio Canario de Empleo el establecimiento de un Protocolo de Actuación Sanitaria para los empleados públicos que trabajan tanto en las Oficinas de Empleo como en los Servicios Centrales.

 Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de julio de 2009.

 

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NOTA INFORMATIVA 7 DE JULIO DE 2009 http://cesce.espacioblog.com/post/2009/07/14/nota-informativa-7-julio-2009 2009-07-14T13:36:38+00:00  NOTA INFORMATIVA C.E.

 

El día 7 de julio hubo una reunión entre el Comité de Empresa de Las Palmas y la Dirección del SCE. Por parte de la administración estuvo presente el Director, el Secretario General y el Subdirector de Empleo.

 

Los temas que se trataron fueron los que propuso este Comité en su escrito de 18 de junio de 2009 al Director del organismo:

 

-Situación del personal laboral.

-Ampliación de la R.P.T. del SCE.

-Relaciones laborales.

-Despidos nulos.

-Ayudas sociales del personal transferido del INEM.

-Movilidades.

-Situación de las Oficinas de Empleo.

-Permisos y licencias.

-Funcatra.

 

1.- Situación del personal temporal y ampliación de la RPT. En este punto nos informaron que en principio el Ministerio de Trabajo va a prorrogar el PIEC para los próximos años según les comunicaron al Gobierno de Canarias en la reunión mantenida el pasado 23 de junio en Canarias.

 

Además, se señaló que se está trabajando en una ampliación de la RPT, que se enmarca dentro de la Modernización del Servicio Canario de Empleo, que recoge el Pacto Social y por el Empleo que firmaron recientemente el Gobierno de Canarias y los agentes sociales y económicos. En ese sentido, se nos esbozó que se trabaja para que haya financiación para el personal temporal e indefinido dentro de una RPT, donde se ajustaría a todos los recursos humanos que actualmente no tienen plaza en el SCE. A la pregunta si este tema estaba dentro de la propuesta del Catálogo de Funcionarización de la Dirección General de Función Pública, David Gómez indica que no tiene idea al respecto. Lo que manifiesta es que la solución que da Función Pública es la de convertir las plazas en funcionarios interinos. Esperemos que pronto nos trasladen la Memoria Explicativa para poder ofrecerles una información más detallada.

 

2.- Relaciones Laborales. En este capítulo se abordaron varios temas como los despidos nulos, la UPD en la Oficina de Arrecife y las movilidades.

 

-Con relación al escrito presentado por este Comité sobre el inicio de un Expediente Informativo por parte de la Dirección que depuren responsabilidades administrativas por dos despidos nulos, donde las sentencias afirman que se aplicaron prácticas anticonstitucionales, el Director nos comenta que el Comité de Empresa no recibiría ninguna contestación porque este órgano de representación no tenía competencias al respecto. Desde el Comité de Empresa no estamos de acuerdo con dicha apreciación, pues es el Comité quién insta a abril el expediente informativo. Si no se recibe respuesta dentro del plazo estimado legalmente, seguiremos actuando con la legislación vigente, ante el daño ocasionado a la Administración Pública.

 

 

- Otro de los temas tratados hacía referencia al escrito del Comité de Empresa donde se recalcaba que el compañero Jorge Guevara, de la Oficina de Empleo de Arrecife, se le debían restituir las funciones vinculadas a las Escuelas Taller. El Director contestó que la organización de los recursos humanos era competencia de la Dirección. El Subdirector de Empleo recalcó que la Oficina estaba sobrecargada y se debía ajustar las necesidades de la oficina a nivel de recursos humanos.

 

El Comité de Empresa dejó claro que lo que se reclamaba era que se mantuviese al personal del SCE realizando las funciones estructurales que se le reconocieron en sentencia,  y que en cualquier caso el personal perteneciente a la Unidad de Promoción y Desarrollo (UPD) hiciera tareas de apoyo y colaboración, tal cual determina su normativa específica y, que nunca suponga la sustitución del personal propio del SCE. Por ello, se le planteó que las funciones de la UPD se realizaran fuera del SCE. En este sentido, el Director se comprometió con transmitir instrucciones a la Dirección General de Juventud, organismo que contrata a los técnicos de la UPD, para la coordinación de las funciones de este servicio.

 

El Comité de Empresa dejó claro que lo que se reclamaba era el aprovechamiento del personal que había conseguido ganar sentencias donde se les reconocía funciones de escuelas taller y evitar contrataciones de personal ajeno al organismo, que al final iban a realizar las mismas funciones. Por ello, se le planteó que las funciones de la UPD se realizaran fuera del SCE. En este sentido, el Director se comprometió con transmitir instrucciones a la Dirección General de Juventud, organismo que contrata a los técnicos de la UPD, para la coordinación de las funciones de este servicio.

 

-Movilidades. En este apartado el Comité recalcó que se habían recibido quejas de personas a las que se habían denegado las movilidades por motivos de salud o por conciliar la vida familiar y laboral, y que desde siempre los criterios de concesión no habían sido para nada transparentes. En este sentido, el Secretario General apuntó que las concesiones estaban vinculadas con el procedimiento de permutas y en los casos por motivos de salud se estaban basando en la colaboración de la Inspección Médica, quién realizaba los informes oportunos para autorizar las movilidades por temas de salud.

 

3.-Ayudas de los transferidos del INEM. En este punto, la Dirección recordó su esfuerzo para que el año pasado saliera esta convocatoria, y que en el borrador del presupuesto para el 2009 se contemplaron pero que la Dirección General de Función Pública lo rechazó en base al Acuerdo 2006-2009.

 

4.- Situación de las Oficinas de Empleo. Se nos explicó que la red de oficinas no se adecuaba a la realidad actual del mercado de trabajo. Por ello, se planteaba la puesta en marcha de unidades descentralizadas y cercanas a los ciudadanos como la que quieren implantar en Jinámar, donde se informará del catálogo de servicios que tiene el SCE, y que de esa información recibida esta población desempleada pudiera revertir nuevamente en las Oficinas de Empleos. Se estaba coordinando todo este proceso con el Servicio Público de Empleo Estatal y el Ayuntamiento. Se le hizo la observación al Director de que por que no se volvía a abrir la oficina de empleo de Ingenio, tomando la idea como buena y se planteó trabajar sobre ello.

 

Por otro lado, se iban a poner en marcha de las Oficinas Comarcales, que no aparecían en las R.PT., con el objetivo de convertirse en unidades donde se pretende mejorar la intermediación laboral y la empleabilidad. Para ello, se contaría con los técnicos de ofertas, de demandas y los  tutores de Empleo. En Gran Canaria habría una oficina en Vecindario y otra en Las Palmas de G.C.. Mientras en Lanzarote y Fuerteventura contaría con una oficina comarcal en cada isla.

 

Para dotar estas oficinas comarcales se establecería como primera fase la voluntariedad del personal. En este sentido, el Secretario General comentó que se harían unas instrucciones para reclutar voluntarios tanto a nivel de funcionarios como de personal laboral con perfil de técnicos. En caso de no conseguir el personal suficiente se plantearía la movilidad previa negociación con el Comité de Empresa.

 

El resto de Oficinas de Empleo cumplirían con funciones meramente administrativas.

 

El Secretario señaló que se estaban trabajando en mejoras en las Oficinas de Empleo como que el DARDE se pueda realizar a través del 012, mejoras en las salas de esperas y  en las citas previas, el restablecimiento de la unidad móvil como servicio integral para los desempleados.

 

5.- Permisos y licencias. El Comité criticó que el día de compensación por caer un festivo en sábado, como fue el 30 de mayo, deberían disfrutarse la semana siguiente como sucedió en una unidad del Servicio de Empleo. En este sentido, el Secretario General comentó que se habían dado instrucciones a los Servicios para que el citado día se disfrutara ajustándose a las necesidades del servicio. Por parte del Comité se le recordó que las Instrucciones de Función Pública eran claras al respecto y que las formas que se utilizaron por parte de la unidad de empleo no eran las más correctas porque generó una alarma innecesaria entre el personal por la forma en que se difunde la información por parte de los jefes respectivos.

 

6.- Funcatra. En este apartado el Comité de Empresa expuso a la Dirección su preocupación porque las Oficinas apenas gestionaban ofertas de empleo mientras Funcatra controlaba la mayor parte de las mismas. Además, que compañeros de Oficinas eran víctimas de la falta de coordinación entre el SCE y esta Fundación, ya que por un lado eran objeto de las críticas de los desempleados, que eran derivados por Funcatra, por no poseer información de ofertas gestionadas por esta entidad y por otro el trabajo de los tutores de empleo lo repetían los orientadores de la Fundación en la atención a los desempleados, lo que estaba causando dispersión de servicios y recursos.

 

El Directo contestó que no sobraba nadie y que Funcatra como los ADL, GOIP, etc. formaban parte del sistema canario de empleo, donde entraba tanto el propio Servicio Canario de Empleo como todos los organismos o entidades que trabajaban con recursos que se generaban desde el propio SCE.

 

 Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2009

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NOTA INFORMATIVA http://cesce.espacioblog.com/post/2009/06/19/nota-informativa 2009-06-19T09:51:05+00:00 El Comité de Empresa quiere aclarar determinadas cuestiones de la nota informativa del sindicato COBAS donde se acusa al Comité de no preocuparse por la consolidación del personal temporal y que a todas luces son falsas:

-Para este Comité uno de sus principales objetivos es la búsqueda de fórmulas de consolidación del personal laboral, que representa casi un 50% del total de los efectivos laborales del SCE. No obstante, la Dirección General de Función Pública ha manifestado que el único instrumento de consolidación que se realizará es el que se establece en la Disposición Adicional Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, que es una norma básica para todas las Administraciones Públicas. En anteriores notas informativas se ha informado de esta circunstancia, que también es de conocimiento de todos los sindicatos que componen este Comité. Para que quede nítidamente claro, cualquier procedimiento de ordenación de recursos humanos conlleva la negociación con la Dirección General de Función Pública, responsable de la política de personal de los recursos humanos de la Administración Pública de Canarias, en la Mesa General de Negociación de Empleados públicos, donde están presentes los sindicatos de UGT, CC.OO, IC y SEPCA.

En este sentido, hay que resaltar que es falso decir que el Comité no quiere abordar el tema de la consolidación, sino que en la mesa principal de negociación de los empleados públicos Función Pública ha dejado claro que la consolidación del personal temporal debe ajustarse a lo establecido en el EBEP, por lo que cualquier sindicato que no se encuentre en esta mesa debería informarse de este procedimiento en Función Pública antes de lanzar acusaciones de este tipo.

-Por otro lado, hay que aclarar que las afirmaciones atribuidas a tres sindicatos (UGT, CC.OO y SEPCA) sobre el tema de la consolidación son erróneas. En el Acta del 30 de marzo de 2009, que fue aprobada por unanimidad en la reunión del C.E. del 27 de abril, cuando se trató el punto sobre “Información sobre la funcionarización y consolidación de empleo de los representantes del Comité cuyos Sindicatos están en las negociaciones”, en el citado Acta se recoge lo siguiente: “Se informó que en la actualidad la Administración no se había sentado a negociar con los sindicatos presentes en la mesa general de empleados públicos de Canarias. Además, que esta materia no era de negociación de los Comités de Empresas. De todas formas, que si había algún sindicato interesado en el tema les hiciera llegar a la Dirección General de Función Pública sus propuestas o solicitase a los Sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos información al respecto.” Como se observa, lo que se recogió en el Acta hace referencia al proceso de ordenación de los recursos humanos que se está negociando en la Mesa General de Empleados Públicos, que como tal no es competencia de los Comités de Empresas.

-Por último, es falso que el Presidente dijera que el tema de la consolidación del personal laboral no se trataría más en ninguna reunión del Comité de Empresa. Además, estas afirmaciones van en contra de la forma de trabajar del Presidente del Comité, ya que uno de los elementos característicos de éste órgano de representación es la participación y la colaboración, donde la información es fluida y los acuerdos son tomados por mayoría de sus miembros. Hay que dejar claro que en el Acta de la reunión del Comité de Empresa del 27 de abril de 2009, aprobado en la reunión del 25 mayo, dentro de ruegos y preguntas de comentó lo siguiente: “José Ruano (sindicato COBAS) comentó sobre el tema de la consolidación del empleo, ya que no estuvo en la reunión del último Comité y no había recibido información al respecto. Por parte del Presidente se le comenta que en la actualidad Función Pública no se ha reunido con los sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos para analizar la ordenación de los recursos humanos en Canarias, que incluye tanto la funcionarización del personal laboral fijo como la consolidación del empleo temporal, y que ésta se desarrollará según Función Pública, al amparo en los dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público, afectará a los puestos anteriores al 1 de enero de 2005”.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2009

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NOTA INFORMATIVA DE LA REUNIÓN DEL C.E. DEL 10/6/2009 http://cesce.espacioblog.com/post/2009/06/18/nota-informativa-la-reuni-n-del-c-e-del-10-6-2009 2009-06-18T09:40:24+00:00 Este Comité felicita a la compañera Begoña, que fue despedida en noviembre de 2008, y que una sentencia reciente reconoce que la Administración vulneró la garantía de indemnidad, un derecho reconocido que prohíbe tomar represalias contra cualquier persona que ejerza una acción legal en protección de sus intereses. Esperamos que esta sentencia sea un marco de referencia para que cambie sustancialmente determinadas conductas que lesionan los derechos laborales en el SCE.  Y recordamos al Director y a su equipo directivo que van ya dos sentencias de despidos nulos.

 A continuación le detallamos los principales asuntos tratados:  

1.- Reunión con el Director del Organismo

Este Comité acuerda aceptar la propuesta de reunión que el Director anunció en su asamblea informativa con el personal del Lomo Apolinario, y estamos a la espera de su convocatoria. Hay que recordar que las negociaciones están paralizadas desde el 9 de octubre de 2009 por parte de la Dirección. Para este Comité es fundamental el diálogo, pero siempre bajo las premisas irrenunciables de la defensa de los derechos de los/as trabajadores/as y la defensa del servicio público de empleo. Les informamos que los puntos que queremos abordar son los siguientes:

-Situación del personal temporal.

-Ampliación de la R.P.T. del SCE.

-Relaciones laborales.

-Despidos nulos.

-Ayudas sociales del personal transferido del INEM.

-Movilidades.

-Situación de las oficinas de empleo.

-Permisos y licencias, etc.

-Funcatra.

 2.- Nota informativa del C.E. sobre la consolidación

Este punto está relacionado con la nota informativa del sindicato Cobas donde cuestionaba el papel del Comité en el tema de la consolidación de empleo. Para este Comité era necesario informar a los/as trabajadores/as sobre lo que había sucedido en dos reuniones del Comité de Empresa para dejar clara las informaciones erróneas y equivocadas que se vertieron contra este órgano de representación. En este sentido, hay que resaltar que uno de los objetivos principales de este Comité es la búsqueda de fórmulas de consolidación del personal laboral, que representa casi un 50% del total de los efectivos laborales del SCE. Sin embargo, la Dirección General de Función Pública, máxima responsable en la política de recursos humanos de la Administración Autonómica de Canarias, ha manifestado que el único instrumento de consolidación que se realizará es el que se establece en la Disposición Adicional Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, que es una norma básica para todas las Administraciones Públicas: puestos dotados presupuestariamente  anteriores al 1 de enero de 2005.

3.- Restitución de las funciones a un compañero de trabajo

Se acordó remitir un escrito al Director para que a un compañero de la Oficina de Empleo de Arrecife se le restituyera las funciones de técnico de coordinación de escuelas taller en la isla de Lanzarote, reconocidas por sentencia judicial, y que recientemente el Subdirector de Empleo se les había quitado para que realizara otras. Lo peor del caso es que se contrató a una persona para llevar la UPD (Unidad de Promoción y Desarrollo y ligada directamente a la Sección de Escuelas Taller) en la citada Oficina, cuando ya había un compañero que realizaba con eficacia estas tareas.  

4.- Expediente Informativo

El Comité de Empresa se felicitó por la última sentencia de despido nulo de la compañera Begoña. En este marco, es la segunda donde queda probado que los despidos estaban relacionados con las reclamaciones de derechos laborales y no por causas organizativas, vulnerándose un derecho constitucional. Por todo ello, se decidió elevar un escrito tanto a la Dirección del SCE como a la Inspección General de Servicios con el objetivo de que se abriera  un Expediente Informativo que determinase las  responsabilidades administrativas por este asunto.  

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NOTA INFORMATIVA http://cesce.espacioblog.com/post/2009/05/21/nota-informativa 2009-05-21T12:34:07+00:00 EL COMITÉ DE EMPRESA LES INFORMA A LOS TRABAJADORES DEL SCE QUE PARA DISFRUTAR EL DÍA DE COMPENSACIÓN POR COINCIDIR CON DÍA FESTIVO ESTARÁ LIGADO SOLAMENTE A LAS NECESIDADES DEL SERVICIO. LAS INSTRUCCIONES DE FUNCIÓN PÚBLICA, DEL 16 DE FEBRERO DE 2009,  SON CLARAS: "LOS FESTIVOS NO TRABAJADOS COINCIDENTES CON EL DESCANSO SEMANAL SE COMPENSARÁN CON UN DÍA DE PERMISO. NO PODRÁN DISFRUTARSE LOS DÍAS CORRESPONDIENTES POR ESTE PERMISO ANTES DE QUE SE PRODUZCA EL HECHO CAUSANTE, ESTO ES, ANTES DE QUE HAYA ACONTECIDO EL DÍA FESTIVO NO TRABAJADO COINCIDENTE CON EL DESCANSO SEMANAL".

ESTE COMITÉ REMITIÓ EL PASADO 12 DE MAYO UN ESCRITO AL SECRETARIO GENERAL PORQUE EN ALGUNAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS SE LE HABÍA COMUNICADO A LOS TRABAJADORES QUE EL DÍA DE COMPENSACIÓN DEL 30 DE MAYO DEBÍAN DISFRUTARLO LA SEMANA POSTERIOR A ESTA FECHA. ESTE CRITERIO SUBJETIVO VA EN CONTRA DE UN DERECHO DEL PERSONAL LABORAL RECOGIDO EN EL III CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, COMO ASÍ LO CONFIRMA LAS INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA ANTERIORMENTE CITADAS.

LA RESPUESTA DEL SECRETARIO GENERAL DEL 18 DE MAYO CONFIRMA LO QUE EL COMITÉ HA DEFENDIDO EN TODO MOMENTO: EL DISFRUTE DE LOS DÍAS DE COMPENSACIÓN ESTÁ RELACIONADO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.

 LAS PALMAS DE GRAN CANARIAS, A 20 DE MAYO DE 2009

 

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NOTA INFORMATIVA REUNIÓN COMITÉ DE EMPRESA 27-04-2009 http://cesce.espacioblog.com/post/2009/05/07/nota-informativa-reuni-n-comit-empresa-27-04-2009 2009-05-07T12:34:42+00:00 El día 27 de abril de 2009 se celebró la reunión del C.E. de Las Palmas. A continuación le detallamos los principales asuntos tratados:  

 1.- Escritos:

 -Necesidades en las Oficinas de Empleo. El Comité de Empresa remitió un escrito a la Dirección del SCE sobre problemas que se habían detectado en las Oficinas de Empleo. Para este Comité es urgente acometer el traslado de la Oficina de Empleo de Ciudad Alta porque no reúne las condiciones de trabajo adecuadas. También, es importante la puesta en marcha de estudios de evaluación de riesgos laborales en todas las dependencias del SCE.

 -Información sobre autónomos. Ante la contratación ajena a la Administración este Comité solicitó información sobre la contratación de este personal por considerarlo un supuesto de subcontratación, cuestión que el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores recoge que debe informarse a los representantes de los trabajadores. El Servicio Canario de Empleo nos contestó que no existía obligatoriedad de la Administración de dar información sobre los contratos administrativos. No obstante, se acudirá a la Inspección de Trabajo, porque años atrás la propia Inspección reconoció que al Comité de Empresa se le debería informar en estos supuestos.

 -Contestación al escrito de modificación del código del contrato de trabajo del personal laboral declarado indefinido por sentencia judicial. El Servicio Canario de Empleo nos contestó que consultó este tema a la Dirección General de Función Pública donde expresó que el código indicado por el Comité de Empresa, el 100 que corresponde con contrato indefinido a tiempo completo, se considera improcedente por referirse a contratos con fijeza, condición que no tienen el personal indefinido por sentencia judicial.  Por ello, se acordó remitir un escrito al Instituto Nacional de la Seguridad Social para que nos aclare este tema.

 -Información sobre los becarios. En este aspecto, el Servicio Canario nos remitió el listado de los becarios que ejercen sus actividades en el organismo, en virtud del Informe de la Inspección de Trabajo que señalaba que esta información debería proporcionarse a los representantes de los trabajadores. En la provincia de Las Palmas hay dieciséis personas.

 2.-Actuaciones conjuntas con otros representantes de los trabajadores:

 Tanto los dos Comités como la Junta de Personal  están pendientes de realizar una serie de escritos dirigidos a instancias públicas y políticas denunciando el caos existente en el Servicio Canario tanto desde el punto de vista de la gestión como de la política de personal.

 3.- Ayudas del personal transferido del INEM:

 En este punto se acordó por unanimidad que se recogiera que este Comité siempre ha defendido y defenderá estas ayudas como lo reflejan los escritos remitidos a la Dirección General de Función Pública para que continuasen estas ayudas. Con respecto al tema de plantear un conflicto colectivo acordó por unanimidad que este procedimiento debería haberse iniciado cuando se aprobó el Acuerdo Administración-Sindicatos 2006 al 2009, cuestión que no se realizó.

 Así mismo, se acordó elevar una serie de escritos tanto a la Dirección del organismo como a la de Función Pública y al Ministerio de Trabajo donde se le solicitará información sobre el destino de este dinero que el Estado anualmente transfiere a la Comunidad Autónoma de Canarias dirigido al colectivo de transferidos del INEM.   

 4.- Comunicado sobre el Primero de Mayo:

 Se acordó realizar un comunicado del Comité sobre la importancia de asistir a la convocatoria del primero de mayo tanto por ser la fiesta de la clase trabajadora como por la fuerte crisis económica existente que está destruyendo empleo a nivel internacional, y cuyo impacto en Canarias en temas de desempleo es alarmante.

 Las Palmas de Gran Canarias, a 7 de mayo de 2009

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http://cesce.espacioblog.com/post/2009/05/07/nota-informativa-reuni-n-comit-empresa-27-04-2009#comentarios
NOTA INFORMATIVA PRIMERO DE MAYO http://cesce.espacioblog.com/post/2009/04/29/nota-informativa-primero-mayo 2009-04-29T10:31:03+00:00 El próximo viernes 1 de Mayo se celebra la Fiesta de l@S trabajador@S, una cita histórica en todo el mundo. Este año coincide con una grave crisis económica internacional que está produciendo la pérdida de puestos de trabajo y el incremento del desempleo, perjudicando en gran medida a la población más desfavorecida. En Canarias las cifras son alarmantes ya que en el primer trimestre del 2009 se han alcanzado los 280.600 desempleados. Por todo ello, es importante la participación de todos en el Primero de Mayo porque se hace necesario más que nunca la defensa del empleo y la mejora de las condiciones de trabajo.

En este sentido, el Comité de Empresa de Las Palmas les anima a participar en la manifestación y marcha del Primero de Mayo que partirá del Obelisco desde las 11'30 en próximo viernes.

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NOTA INFORMATIVA REUNIÓN C.E. DEL 30/3/2009 http://cesce.espacioblog.com/post/2009/04/15/nota-informativa-reuni-n-c-e-del-30-3-2009 2009-04-15T11:18:13+00:00 El día 30 de marzo de 2009 se celebró la reunión del C.E. de Las Palmas. A continuación le detallamos los principales asuntos tratados:  

 1.- Escritos presentados:

 -Situación de la compañera telefonista de la provincia de Las Palmas. El Comité de Empresa solicitó una reunión urgente con el Director del organismo para tratar este tema, que considerábamos grave porque por un lado se vaciaba de funciones a una trabajadora y por otro se producía una externalización de un área propio del servicio público. No hubo ninguna respuesta por parte de la Dirección.  

 Se remitió un escrito a la Inspección de Trabajo denunciando el vacío de funciones de la compañera telefonista de Las Palmas ya que el SCE, sin previo aviso ni negociación con los representantes de los trabajadores, decidió que la centralita se gestionara desde la isla de La Palma por dos personas que no tienen ninguna vinculación laboral con la Administración. En este sentido, el informe de la Inspección ha sido decepcionante ya que no entró en el fondo de la cuestión, y entiende que a la citada compañera no le han dejado sin ocupación efectiva, ya que la destinaron a la unidad de las Escuelas Taller. Este Comité no está de acuerdo con este Informe y emitirá un escrito de discrepancia a la Dirección General de la Inspección de Trabajo.

 Con respecto al mismo caso se envió a la Dirección General de Función Pública un escrito denunciando la situación que se había creado y solicitándole que estableciera mecanismos de defensa y protección hacia la trabajadora, y que se le restituyeran sus funciones en el área de la centralita de la provincia de Las Palmas.   

 -La aplicación del Sicho. En este sentido, un compañero presentó un escrito de denuncia al Comité porque el Secretario General le advirtió que si no presentaba una solicitud de permiso por el aplicativo informático no se lo autorizaba. Este Comité ha defendido desde un primer momento que la tramitación telemática no podría sustituir a los instrumentos convencionales. El Comité dirigió un escrito al Director del organismo donde le solicitaba información sobre la aplicación del Sicho y además instaba a la Dirección para que dentro de la política de personal se erradicaran prácticas que vulneraban el derecho de los trabajadores. Como de costumbre, van unas cuántas, no nos contestaron.  

 Así mismo, se dirigió en el mismo sentido otro escrito a la Dirección General de Función Pública, que lo ha derivado a la Inspección General de Servicios, y del que aún no se ha recibido contestación.

 No obstante, la Inspección General de Servicios contestó al trabajador afectado y le señaló que estaba pendiente de publicarse dos órdenes relacionadas con el Sicho, pero que hasta el momento de su publicación no se le podía negar el derecho de registrar sus solicitudes  en soporte papel.

 -Modificación en la Seguridad Social del código del personal laboral indefinidos. Otro escrito se remitió al Director del SCE para que se corrigiera el código de la Seguridad Social para los compañeros que firmaron los contratos indefinidos, ya que les contaba el 410 (interinidad a tiempo completo).

 -Información sobre los becarios. El Informe de la Inspección de Trabajo, sobre la denuncia interpuesta por este Comité a la negativa de la Dirección de proporcionar información sobre los becarios, indicaba que el SCE nos tenía que dar esa documentación. Por ello, se remitió un escrito a la Dirección en este sentido.

 -Oficina de Ciudad Alta. Ante los problemas de espacio que tiene esta Oficina de Empleo, que afecta tanto a los trabajadores como a sus usuarios, este Comité decidió remitir dos escritos, uno a la Inspección de Trabajo y otro al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el objetivo de la realización de una evaluación de riesgos laborales y la aplicación de las medidas correctoras. Para este Comité la solución más eficaz es buscar otro local. 

 2.- Funcatra y las Ofertas de Empleo en las Oficinas de Empleo. El Comité critica que el 90% de las ofertas privadas las controla esta Fundación, mientras el SCE apenas llega al 10%. Resulta paradójico que dentro de la página web del SCE se plasmara esta situación. Ello ocurre cuando se observa desde hace tiempo que al servicio público de empleo se le quitan competencias a favor de Funcatra. Además, en el SCE hay muy buenos profesionales con los que no se cuentan. Por todo ello, se decidió elevar un escrito a la Dirección para denunciar este hecho y para que se pusieran todos los mecanismos posibles que potencien la intermediación laboral dentro del organismo.   

  3.- Ayudas Sociales del personal transferido del INEM. En este punto, se comunicó que por parte de la Dirección General de Función Pública no se iba a convocar ninguna ayuda específica para el 2009. El Comité de Empresa de Las Palmas presentó en diciembre un escrito al Director de la Función Pública donde solicitaba la continuidad de estas ayudas. 

 El Comité decidió difundir una nota informativa a los compañeros afectados comunicándoles que el plazo de las ayudas de la Comunicad autónoma finalizaban el 13 de abril.

 De todas formas, el Comité de Empresa realizará un escrito a la Dirección General de Función Pública para conocer cuál es el argumento jurídico por el cuál no desean seguir con estas ayudas, cuando en los ejercicios 2006, 2007 y 2008 se dotaron económicamente.

 4.-  Situación de las solicitudes de traslados. El tema de las movilidades ha sido una reclamación histórica de este Comité en cuanto a que nos informaran de las mismas, cuestión que no se ha podido conseguir. Por ello, se decidió elevar un escrito al Director para conocer los criterios que se han seguido para las movilidades funcionales.

 5.- Contratación de colaboradores sociales en la O.E. de Arrecife.  Este Comité ha sido contrario a la colaboración social por considerarla una precariedad laboral y un abuso hacia ese personal. Por ello, se decidió remitir un escrito a la Dirección para que suplieran las necesidades de personal de esa oficina a través de la contratación con la lista de reserva existente, aspecto que contempla esa convocatoria en los casos de agotarse la lista tanto por islas como por categorías profesionales.

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http://cesce.espacioblog.com/post/2009/04/15/nota-informativa-reuni-n-c-e-del-30-3-2009#comentarios
INFORMACIÓN SOBRE "SICHO" http://cesce.espacioblog.com/post/2009/04/06/informaci-n-sobre-sicho 2009-04-06T10:05:19+00:00  

NOTA INFORMATIVA C.E.

LES INFORMAMOS QUE EN UN ESCRITO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LE DA LA RAZÓN A UN COMPAÑERO DEL SCE QUE SOLICITABA SU DERECHO A PEDIR UN PERMISO POR ESCRITO SIN LA OBLIGATORIEDAD DE UTILIZAR EL SICHO.

 LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LE CONTESTA QUE ESTÁN PENDIENTES DE PUBLICARSE EN EL B.O.C. DOS ÓRDENES RELACIONADAS CON EL SICHO, PERO QUE HASTA ESE MOMENTO NO SE LE PUEDA NEGAR EL REGISTRO DE SUS SOLICITUDES Y SU RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE EN SOPORTE PAPEL.

 ESTA MISMA TESIS LA DEFENDIÓ EL COMITÉ DE EMPRESA COMO RECOGIMOS EN UNA NOTA INFORMATIVA DEL MES DE MARZO, DONDE INDICÁBAMOS QUE LOS SOPORTES TELEMÁTICOS NO PUEDEN SUSTITUIR A LOS PROCEDIMIENTOS CONVENCIONALES.

 

 

 

 

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA A 2 DE ABRIL DE 2009

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http://cesce.espacioblog.com/post/2009/04/06/informaci-n-sobre-sicho#comentarios