La Coctelera

Blog del comité de empresa del SCE de Las Palmas

La información sindical al minuto

Categoría: El Comité de Empresa informa

21 Mayo 2009

NOTA INFORMATIVA

EL COMITÉ DE EMPRESA LES INFORMA A LOS TRABAJADORES DEL SCE QUE PARA DISFRUTAR EL DÍA DE COMPENSACIÓN POR COINCIDIR CON DÍA FESTIVO ESTARÁ LIGADO SOLAMENTE A LAS NECESIDADES DEL SERVICIO. LAS INSTRUCCIONES DE FUNCIÓN PÚBLICA, DEL 16 DE FEBRERO DE 2009,  SON CLARAS: "LOS FESTIVOS NO TRABAJADOS COINCIDENTES CON EL DESCANSO SEMANAL SE COMPENSARÁN CON UN DÍA DE PERMISO. NO PODRÁN DISFRUTARSE LOS DÍAS CORRESPONDIENTES POR ESTE PERMISO ANTES DE QUE SE PRODUZCA EL HECHO CAUSANTE, ESTO ES, ANTES DE QUE HAYA ACONTECIDO EL DÍA FESTIVO NO TRABAJADO COINCIDENTE CON EL DESCANSO SEMANAL".

ESTE COMITÉ REMITIÓ EL PASADO 12 DE MAYO UN ESCRITO AL SECRETARIO GENERAL PORQUE EN ALGUNAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS SE LE HABÍA COMUNICADO A LOS TRABAJADORES QUE EL DÍA DE COMPENSACIÓN DEL 30 DE MAYO DEBÍAN DISFRUTARLO LA SEMANA POSTERIOR A ESTA FECHA. ESTE CRITERIO SUBJETIVO VA EN CONTRA DE UN DERECHO DEL PERSONAL LABORAL RECOGIDO EN EL III CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, COMO ASÍ LO CONFIRMA LAS INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA ANTERIORMENTE CITADAS.

LA RESPUESTA DEL SECRETARIO GENERAL DEL 18 DE MAYO CONFIRMA LO QUE EL COMITÉ HA DEFENDIDO EN TODO MOMENTO: EL DISFRUTE DE LOS DÍAS DE COMPENSACIÓN ESTÁ RELACIONADO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.

 LAS PALMAS DE GRAN CANARIAS, A 20 DE MAYO DE 2009

 

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13 Marzo 2009

COMUNICADO CONJUNTO

L@s representantes del l@s trabajador@s del Servicio Canario de Empleo (Junta de Personal, Comité de Empresa de Las Palmas y Comité de Empresa de Tenerife) quieren denunciar la aplicación de actuaciones intimidatorias por parte del SCE, que vulneran claramente los derechos fundamentales de los recursos humanos que trabajamos en este organismo. Durante el último año se ha puesto en marcha una "caza de brujas" en la política de personal, bajo la responsabilidad del secretario general del SCE, con la anuencia del director del organismo, que pretende instaurar  lo que ya realizó en la creación de Grecasa y con la  misma persona que utilizó para ello (su asesor).  A ello se une una deliberada tendencia a desmontar el servicio público con la externalización de acciones propias del SCE tanto en programas de empleo y formación como en funciones estructurales.

Si la Dirección no ha ido a más es porque l@s representant@s del l@s trabajador@s del Servicio Canario de Empleo trabajan dentro de la libertad sindical que ampara la Constitución y no como sindicatos verticales de otras épocas. A continuación le ilustraremos una serie de hechos que queremos denunciar públicamente y que reflejan las peligrosas prácticas que se han ejecutado contra compañer@s en el SCE y que podría pasarle a cualquiera de nosotr@s como los procesos de externalización de los servicios.

1.- Recuerdan que en octubre del año pasado se despidió en Las Palmas a dos trabajadoras de la Oficina de Empleo de Arenales por reclamar unos derechos laborales y que previamente fueron coaccionadas por el secretario general y  por la jefa de servicios de recursos humanos y régimen interior por ejercer este derecho. Mientras, la dirección despidió en octubre de 2008 a dos compañeras de la Oficina de Empleo de Arenales, con el "argumento discrecional" que no eran necesarias como personal en las oficinas, para posteriormente contratar personal en Funcatra con fórmulas más arbitrarias y con más precariedad en el empleo. 

 En su momento, el Comité de Empresa de Las Palmas denunció este hecho y desde un principio mantuvo que se habían producido actuaciones de coacción contra las trabajadoras, y la Justicia lo ha confirmado recientemente. En este sentido, denunciamos las prácticas anticonstitucionales del secretario general del SCE y de la jefa de servicio de recursos humanos y régimen interior contra una Compañera de trabajo, como recoge una reciente sentencia del Juzgado de lo Social nº. 8 de Las Palmas de Gran Canaria.  

La sentencia reconoce que la administración vulneró la garantía de indemnidad de la afectada, un derecho reconocido por el Tribunal Constitucional que prohíbe tomar represalias contra un persona que ejerce un acción legal en protección de sus intereses. En la citada sentencia considera el despido nulo y ordena a la administración que cese de inmediato en su conducta anticonstitucional. El Juez ve probado que el despido no tuvo otra causa que la reclamación de la trabajadora, y agrega que en estos tiempos de crisis el SCE no puede alegar que le sobra personal.

2.- El día 11 de febrero de 2009 se ha  revocado la Comisión de Servicio de la plaza a la  Directora de la Oficina de Rafael Cabrera, cuyo cargo ha venido ejerciéndolo desde  el día  1 de septiembre del 2004, con total eficacia, profesionalidad y reconocimiento, tanto por parte de los Directores, Coordinadores de oficinas anteriores como de instituciones y  personas atendidas en dicha Oficina. Valorándose la gran diferencia de dicha oficina antes y después de ejercerse  la dirección por la citada funcionaria. Su delito ser miembro de la Junta de Personal a nivel sindical, y desde el punto de vista profesional demandar más personal para la única oficina donde se ha propiciado la marcha de compañer@s. Hay que tener en cuenta que es una Oficina con cerca de nueve mil desempleados con un solo Técnico.

Esta revocación de una Comisión de Servicio es la segunda que se produce en miembros de la Junta de Personal actual (la primera corresponde a su Presidente),  siendo  fiel reflejo de la política de abuso de poder y de sanciones  encubiertas a sus miembros, por denunciar las distintas irregularidades e ilegalidades que se vienen produciendo dentro de este Organismo. Ha sido sustituida por una persona sin experiencia en materia de empleo ni en gestión de Oficinas, en un momento de destrucción masivo de puestos de trabajo como el que estamos viviendo.

3.- Denunciamos la externalización y desprofesionalización del trabajo de Telefonista que venían realizando dos compañeras Laborales con puesto de trabajo en la RPT del organismo y con exámenes superados para ocupar dichas plazas y cuyas tareas  están desempeñando por cuatro trabajadoras ajenas a la Administración Pública bajo la modalidad de prestación de servicios (autónomas), con desconocimiento de la estructura orgánica del SCE, y que nos reciben vía telefónica como si de una casa particular fuese.  En este sentido, se multiplican los costes salariales, incrementando los costes económicos de las llamadas (cuando se solicita un número de teléfono de algún servicio o persona se le da un número para que vuelva a llamarlo) y desconcertando a los usuarios del Servicio Canario de Empleo cuando llaman por teléfono y no saben a donde llaman ni a donde dirigirse y desprestigian a todos los profesionales que trabajamos en el SCE y que creemos en el Mejor Servicio Público para los ciudadanos. La compañera telefonista de Las Palmas ha recibido un trato discriminatorio por parte del Secretario General, sólo por solicitarle por escrito que le notificaran los cambios producidos y su nueva ubicación. Este comportamiento dice mucho de la persona que fue cuando comenzó en nuestro organismo, y a donde ha llegado con su prepotencia y abuso de autoridad: parece que los cargos le ha variado tanto su aptitud como su actitud.

4.- L@s representantes del l@s trabajador@s del Servicio Canario de Empleo lamentan profundamente la desconfianza y la frustración que está generando en l@s trabajador@es de este Organismo tener un "Equipo Directivo" y de "Recursos Humanos" que haya roto todo tipo de negociación con l@s representant@s de l@s trabajador@es. En cambio ha propiciado todo tipo de prebendas a los adictos al régimen que ha instaurado el director desde su llegada al SCE (comisiones de servicios, puestos asignados a dedo, movilidades sin criterio objetivo alguno, pagos en horas extraordinarias, dietas  etc.).

5.- Criticamos la Contratación de  forma clientelar de empresas (amigos y conocidos),  que perciben salarios en concepto de facturas muy superiores a sueldos de funcionarios y laborales, y que paralelamente usurpan funciones de los empleados públicos del organismo. Ello provoca que no se cuente  con l@s trabajador@s del Servicio Canario de Empleo, que tienen más experiencia  y preparación en materia de Empleo, tanto por su trayectoria profesional como por su formación continua en dicha materia, otorgando mayor credibilidad a personal y empresas externas  al Organismo.

Un ejemplo de ello es Funcatra, que es  subvencionada con dinero público y que actualmente cuentan con dos Gerentes-Directores y un montón de trabajadores seleccionados sin ningún tipo de garantías objetivas de publicidad y concurrencia competitiva. Cuyo trabajo está creando un gran desconcierto y una mayor desorientación en l@s desemplead@s.

Las consecuencias de estas fórmulas mixtas (Funcatra-Servicio Canario de Empleo), potenciadas por este equipo directivo, no se han hecho esperar y está originando un gran  caos en las Oficinas y Servicios de Empleo, desprestigiando a los profesionales que en ellas trabajan ya que son éstos los que atienden a los desempleados. Todo este desaguisado no ha sido capaz de reducir el incremento del paro, sino que se ha caracterizado por aplicar gestiones en el empleo de fórmulas ya aplicadas en el pasado de nulo resultado. Así, se ha terminado el mes de febrero de 2009 con casi 228.000 desempleados en Canarias.

Más peligroso es la  desprotección de datos personales que en algunos casos, puede poner en peligro la vida de los /las desempleados/as registrados - como son los temas de violencia de género- cuya privacidad no puede garantizarse por personas ajenas a la administración. Problema que parece preocupar poco a  esta Dirección.

6.- Denunciamos la situación de los Becarios de cuyos procesos de selección tendría que informar la Dirección  y que se ha denunciado ante la Inspección de Trabajo por no proporcionar a los representantes de los trabajadores la citada información (horario de trabajo, tutor, servicio adscrito, etc.)

7.- La externalización de funciones queda de manifiesto con el Convenio de Colaboración con Grecasa, con la que se ha firmado un convenio de colaboración para que realice las notificaciones a terceros mediante acuse de recibos por las que se abonarán   7 euros por notificación. Notificaciones que hasta ahora venían realizándose por el personal del SCE con total diligencia y con costes mínimos y de acuerdo con las leyes de Procedimiento Administrativo y de Protección de Datos a Terceros.

8.- Ponemos de manifiesto la contradicción existente entre todas estas  decisiones organizativas  y las directrices establecidas desde el Gobierno del Estado y de  Canarias sobre la administración de recursos y bienes públicos con total austeridad, siguiendo una política de restricciones de gastos. Austeridad,  que por otro lado se intenta potenciar desde esta misma Dirección  a los trabajadores del Servicio Canario de Empleo, pero que se contradice con el excesivo coste económico que para el Organismo supone la externalización de funciones propias del mismo, el pago de autónomos , becarios ,Gerentes de Funcatra etc .

9.- Denunciamos las  graves consecuencias que se están produciendo en este Organismo y la repercusión de las decisiones que se está tomando por el equipo directivo del mismo, considerándose, como mínimo, de irresponsables           e injustas,  produciéndose como resultado de dichas decisiones la crispación del clima laboral  del personal, y muy especialmente los efectos negativos que tales actuaciones tienen en la atención y la gestión de los derechos de los desempleados, los verdaderos perjudicados de lo descrito en este comunicado, por estar los mismos atendidos por personas ajenas a la Administración Pública, así como personas sin preparación específica para ello, lo que supone no tener ningún tipo de garantía en la protección de sus derechos ni calidad en el trabajo realizado.

Todas estas medidas parecen estar más dedicadas a  potenciar   el clientelismo con las contrataciones realizadas con el dinero Público que a  gestionar y evaluar eficazmente las Acciones activas de Empleo y Formación para las que el Estado está enviando Recursos Económicos a Canarias. Cualquier trabajador y ciudadano  podrá comprobar  que los considerables importes destinados a la Comunidad Canaria por el Estado para el ejercicio 2009 y que en el momento de emitirse este informe son los  son los siguientes:

1.-Subvenciones del ámbito laboral  financiadas con cargo a los presupuestos del Estado destinados a medidas que desarrollan las políticas Activas de Empleo y formación 162.000.000 de euros (Orden TIN 380/2009, de 18 de febrero BOE nº 46 de 23 de febrero del 2009.

2.-Plan Extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral,(Plan Zapatero ), aprobado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de Abril  (Orden TIN 381/2009, de 18 de febrero BOE nº 46 Lunes 23 de febrero del 2009.y su distribución para Canarias  es la siguiente:

- Bloque 1. Contratación de Orientadores  (Funcatra) 1.306.666,62 euros

-Bloque 2. Cualificación específica personal de oficinas, Búsqueda de Empleo, Movilidad geográfica, Promoción del Empleo Autónoma y Formación Profesional para el Empleo  5.330.688,03 euros.

-Programa Integral para el Empleo  en Canarias  (III  PIEC 2007-2010) 42.070.850  euros. Destinados a reforzar con esta mayor asignación a Canarias por su contexto económico y social Autónomas.(DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO TERCERA DE LA  ley 2/2008,DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2009: Aportación financiera del Servicio Público de Empleo Estatal a la financiación de los Planes Integrales de Empleo de las Comunidades Autónomas de Canarias, Castilla-La Mancha, Galicia y Extremadura.)

Reiteramos a todos l@s trabajador@s que  sus Representantes redoblará su esfuerzo para defender el Servicio Público de Empleo, por lo que seguirán denunciando la externalización,  desprofesionalización y desmantelamiento del Servicio Canario de Empleo y los efectos sobre los DESEMPLEADOS CANARIOS

Ante los antecedentes de  desprotección en reuniones anteriores,  cualquier trabajador/ra debería   acudir con testigos ante el Secretario o Director si les solicitaran reuniones relativas a sus puestos de trabajo.

Así mismo, l@s representantes del l@s trabajador@s del Servicio Canario de Empleo (Junta de Personal, Comité de Empresa de Las Palmas y Comité de Empresa de Tenerife) DENUNCIAMOS LAS PRÁCTICAS INTIMIDATORIAS QUE SE EJERCEN EN EL SCE Y POR LO TANTO SOLICITAMOS EL CESE DEL DIRECTOR, EL SECRETARIO GENERAL Y LA JEFA DE SERVICIOS DE RECURSOS HUMANOS Y RÉGIMEN INTERIOR.

Les recordamos a tod@s l@s Trabajador@s del Servicio Canario de Empleo, que nuestro deber y función es defender el interés colectivo de l@s Trabajador@s representad@s y el deber de Tod@s l@s Emplead@s Públic@s en un Estado de Derecho es defender el Interés General y la Responsabilidad Social con el Dinero público.

Estamos a su disposición para cualquier tema o sugerencia que quieran realizarnos.  

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13 Marzo 2009

NOTA INFORMATIVA SICHO

 DESDE EL COMITÉ DE EMPRESA DEL SCE LAS PALMAS, SE HA INICIADO ACCIONES PARA DETERMINAR EL ALCANCE DE LA OBLIGATORIEDAD DE UTILIZAR EL PROGRAMA SICHO, A LOS EFECTOS DE SU USO POR PARTE DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

HEMOS DE HACER HINCAPIE, QUE DICHO PROGRAMA INFORMÁTICO NO HA SIDO NEGOCIADO CON LOS SINDICATOS, Y NO PUEDE EXIGIRSE EL USO OBLIGATORIO DE DICHO APLICATIVO EN DETRIMENTO DE LAS NORMAS CONVENCIONALES, ES DECIR, EN PAPEL CON EL DEBIDO REGISTRO EN LAS DEPENDENCIAS OFICIALES.

ENTENDEMOS QUE SE PUEDE SEGUIR UTILIZANDO EL FORMATO PAPEL, CON REGISTRO EN LA VENTANILLA DE ENTRADA, Y QUE OBLIGATORIAMENTE LA ADMINISTRACIÓN DEBE CONTESTAR O SE CONSIDERA SILENCIO POSITIVO A LO SOLICITADO, TENGA O NO EL VISTO BUENO DEL JEFE JERÁRQUICO CORRESPONDIENTE (JEFE DE SERVICIO O SECCIÓN).

ANTE CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN PUEDEN CONTACTAR CON ESTE COMITÉ DE EMPRESA, Y CUYO CORREO ELECTRÓNICO ES: comitempsce@gmail.com

 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA A 12 DE MARZO DE 2009

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13 Marzo 2009

NOTA INFORMATIVA REUNIÓN C.E

 El día 27 de enero de 2009 se celebró la reunión del C.E. de Las Palmas. A continuación le detallamos los principales asuntos tratados:  

 1.- Escritos presentados:

 -Con relación a los problemas existentes con Funcatra  al enviar a las Oficinas de Empleo a los usuarios para que les informaran de las Ofertas que ni tan siquiera gestionaban el SCE no se recibió ninguna contestación por parte del Director al escrito que presentado por este Comité. Así mismo, continuaba persistiendo esta situación sin que nadie hubiera aplicado medidas de corrección.

 - Otro escrito que dirigió el Comité de Empresa al Director era la solicitud de información sobre la periodicidad de las revisiones del aire acondicionado en las dependencias del SCE. Tampoco, hemos recibido contestación.

 -Por otro lado, también le hicimos llegar a la Dirección los problemas con el SISPECAN, que había estado días sin funcionar, y que estaba originando insultos y descalificaciones por parte de los usuarios contra los trabajadores de las Oficinas. No se ha recibido contestación al respecto.

 Por todo ello,  este Comité acordó realizar un listado de problemas y disfuncionalidades  existentes en el Servicio Canario de Empleo, con el objetivo de que la Dirección los solucione de forma urgente. No obstante, como observarán en lo relatado hasta ahora este Comité se encuentra con  un problema mayor: la Dirección del SCE ha tomado como tónica de relaciones con el C.E. no contestar a los escritos que les dirige los representantes legales de los trabajadores en el ámbito del personal laboral. Es un claro síntoma de ninguneo al C.E.

 -También, se dirigió un escrito al Director donde se le pedía protección al trabajador del organismo ante críticas, injurias o difamaciones de agentes externos del SCE, como ocurrió recientemente contra una compañera de Escuelas Taller por parte del Ayuntamiento de Valsequillo, solamente por no compartir los criterios de esta identidad a la hora de seleccionar a una persona para un proyecto y desarrollar su labor con total objetivad y transparencia.

 2.- La externalización de la centralita.

 Desde el Comité de Empresa se criticó la extenalización de la centralita del SCE, que afecta por igual a las dos provincias. El mayor problema han sido las formas en que la compañera telefonista de Las Palmas ha sido tratada por el Secretario General, que por desgracia se ha convertido en una actitud habitual en la política de personal que ejerce este cargo directivo hacia compañeros del SCE. Se informó que el Comité solicitó al Director que todo ello suponía un cambio sustancial del puesto de trabajo y por tanto era preceptivo el Informe del Comité de Empresa. Como de costumbre no se han remitido nada de nada. Así mismo, se le ha solicitado una reunión urgente para tratar este tema, que para que entiendan, tiene que darse dentro del marco de la negociación colectiva, cuestión que esta Dirección olvida por completo.

  3.- Información sobre los contratos firmados de los indefinidos por sentencia judicial firme.

 Se informó de la firma de las copias básicas de estos contratos por parte del Comité de Empresa, con un total de 64 copias, donde por parte del Comité se puso el no conforme a la Cláusula Cuarta del Contrato, como se había acordado en una reunión anterior.

 4.-  Información sobre la denuncia de los becarios ante la Inspección de Trabajo.

Se comunicó que el Inspector de Trabajo había realizado una primera visita en enero, y que después de casi un mes reanudaba su inspección para la semana de 3 de marzo. Les recordamos que la denuncia del Comité se centraba en que demandábamos información sobre los becarios (jornadas, tutores, funciones, etc.), ya que en escrito presentado a la Dirección solicitando esta documentación no nos había contestado.

5.- Observaciones a la Circular del Director del SCE de 19/12/2008

Esta Circular establecía para el personal laboral que los días festivos que cayeran un sábado se tendría que disfrutar el mes siguiente y siempre atendiendo a las necesidades del servicio. Nunca ha existido una reglamentación de este tipo, ya que el III Convenio Colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias ni la Dirección Función Pública ha establecido nada de limitaciones al disfrute de este día. Es decir, no  se puede reinventar la norma, porque quién establece las directrices de la política de personas, su jornada  y horario de trabajo es el Director de Función Pública y no el Director del SCE. En este sentido, las Instrucciones de 16 de febrero de 2009, de la Dirección General de Función Pública, relativas a la aplicación del régimen de vacaciones, permisos y licencias al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias deja sin efecto la citada Circular del Director.

Queda nítidamente aclarado en estas Instrucciones la Compensación por cada día festivo no trabajado coincidente con descanso semanal: "Los festivos no trabajados coincidentes con el descanso semanal se compensarán con un día de permiso". "No podrán disfrutarse los días correspondientes por este permiso antes de que se produzca el hecho causante, esto es, antes de que haya acontecido el día festivo no trabajado coincidente con el descanso semanal".

6.- Local del Comité de Empresa

Se informó que el Comité de Empresa tenía un nuevo local, junto a las dependencias de la unidad de registro general.

 Las Palmas de Gran Canarias, a 6 de marzo de 2009

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31 Octubre 2008

COMUNICADO DE PRENSA: NO A LA PRIVATIZACIÓN DEL SCE

Los representantes de los trabajadores del Servicio Canario de Empleo (SCE en adelante) Comités de Empresas de Las Palmas y Tenerife y Junta de Personal, condenan públicamente las intenciones del Gobierno de Canarias de desmantelar el Servicio Público de Empleo. En este sentido, es alarmante que exista una propuesta de convenio donde explícitamente se plantea traspasar gestiones del SCE a favor de la Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo (Funcatra), a cambio de una cantidad de dinero que aún se desconoce.

Esta propuesta abre la puerta al desmantelamiento del SCE como organismo público, ya que el Gobierno regional le concede todas las competencias que hasta ahora asumía el servicio público, planificación de la formación ocupacional, gestión de subvenciones públicas de formación y empleo, participación en proyectos de desarrollo local, intermediación laboral, etc.

Con la firma de este Convenio SCE-Funcatra estas acciones se realizarían sin el estricto control presupuestario y de evaluación de resultados, favoreciendo con ello una vez más, el clientelismo político.

Esta estrategia de gran calado recoge que Funcatra podrá desarrollar sus actuaciones en dependencias del SCE pero sin el control de fiscalización e intervención del mismo.

Los representantes de los trabajadores critican que la gestión del actual Director del SCE, D. Alberto Génova, está vaciando de contenido al SCE, copiando el mismo modelo que desarrolló en su reciente etapa como Director General de Tributos. Eliminó competencias del ámbito público como Recaudación para ponerlas en mano de la empresa pública Grecasa. No obstante, lo que se pretende en la actualidad tiene unas consecuencias gravísimas: externalizar el servicio público de empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Hay que resaltar que Funcatra no ha publicado las memorias económicas de los últimos cuatro años como establece la legislación vigente, siendo la última publicada la correspondiente al ejercicio del 2003 (23 de septiembre 2005).

Es curioso que irrumpa con fuerza Funcatra como servicio paralelo del SCE al ser nombrado su nuevo director gerente, Francisco Medina, anterior responsable de Grecasa en la etapa de Alberto Génova (actual director del SCE) y su asesor en el SCE, que sin ser personal de la Comunidad Autónoma, dispone de instalaciones para desarrollar su labor.

En estos momentos se asiste al traspaso de competencias, a espaldas de los trabajadores del organismo y sus legítimos representantes. El SCE ha dejado en manos de Funcatra la selección y el control de orientadores dentro del Plan extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral para las Comunidades Autónomas diseñado por el Gobierno Central.

Los representantes de los trabajadores consideran que este servicio debe ser controlado y coordinado desde la Subdirección de Empleo. Estas acciones de orientación no son novedosas pues el servicio de orientación profesional y de intermediación a los demandantes de empleo ya se están realizando con éxito en toda la red de oficinas de empleo por los tutores.

Los representantes de los trabajadores piden a los representantes políticos y a los agentes sociales un compromiso de responsabilidad con las políticas de empleo en Canarias y su decidida apuesta por un servicio público eficaz y eficiente que no pasa por la privatización.

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19 Noviembre 2007

PLAZOS DE ALTA-BAJA DE TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE I.T.

COMITÉ DE EMPRESA

SCE-LAS PALMAS

C/ Crucita Arbelo Cruz, s/n

35014- Las Palmas de Gran Canaria

A LA ATENCIÓN DE TOD@ L@S

COMPAÑER@S DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO

Desde la Secretaría General del SCE se han dictado unas instrucciones sobre el cumplimiento de trámites de baja, de confirmación y altas de personal en situación de I.T., con fecha de 11 de septiembre de 2007. Es importante tener en cuenta que hay que controlar adecuadamente los plazos establecidos por la normativa correspondiente:

-Presentación del parte de baja y de confirmación en un plazo de tres días desde su expedición.

-Presentación del parte de Alta dentro de las 24 horas siguientes.

Las vías de comunicación se establecen por las siguientes vías:

-Correo certificado.

-Vía fax (928307947 y 922474693).

-Presentación personal, a través de familiares o personas cercanas, entregándose mediante registro de entrada en el SCE.

De todas formas, el C.E. rechaza las medidas sancionadoras que se quieren establecer por el incumplimiento de los plazos citados con anterioridad, ya que tener en cuenta que la casuística familiar de cada persona es distinta según los casos.

Las Palmas de Gran Canaria a 7 de noviembre de 2007.

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19 Noviembre 2007

SOBRE LAS CLAVES DE LA APLICACIÓN "VIDA LABORAL"

COMITÉ DE EMPRESA

SCE-LAS PALMAS

C/ Crucita Arbelo Cruz, s/n

35014- Las Palmas de Gran Canaria

A LA ATENCIÓN DE TOD@ L@S

COMPAÑER@S DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO

El Comité de Empresa critica la falta de una política de funcionamiento adecuada para las Oficinas de Empleo, que está afectando el trabajo diario, y donde cualquier anomalía la paga el trabajador. Un ejemplo palpable de este hecho es lo acontecido con el tema de las consultas de la vida laboral, donde en las Oficinas son pocas las personas que tienen una clave de acceso y donde todos los efectivos laborales la utilizan para realizar las citadas consultas. E incluso se da la paradoja que se utilizan claves estando de vacaciones la persona responsable de la misma.

Esta práctica ha conllevado que se inicie un procedimiento sancionador a una compañera tras una denuncia de una usuaria, lo que pone de manifiesto la precariedad y la indefensión laboral con la que desarrolla su labor profesional nuestr@s compañer@s. El Comité de Empresa ha reiterado en muchas ocasiones que deben ponerse los mecanismos necesarios en la definición de unos criterios claros de gestión en las propias Oficinas de Empleo. Nos preocupa la falta de seguridad jurídica ante situaciones que son ajenas al trabajador y que son producto de una falta de concreción de las instrucciones.

Por todo ello, este Comité les aconseja nuestr@s compañer@s que tengan máxima precaución en la consulta de las vidas laborales, por lo que les planteamos las siguientes recomendaciones:

· Que las claves sean intransferibles, que la consulta de la vida laboral solamente la use la persona con clave y que las contraseñas existentes se modifiquen nuevamente.

· Que todas las consultas de la vida laboral se realicen directamente en la Tesorería de la Seguridad Social o en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Las Palmas de Gran Canaria a 7 de noviembre de 2007.

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19 Noviembre 2007

NOTA INFORMATIVA NOVIEMBRE 2007

NOTA INFORMATIVA DEL COMITÉ DE EMPRESA

Los días 29 de octubre y cinco de noviembre de 2007 se reunió el Comité de Empresa, donde le resaltamos los principales aspectos de la misma:

  • Valoración de la reunión con el Secretario.- La opinión general del C.E. fue positiva, porque se abría un nuevo marco de relaciones producto de la denuncia ante la Inspección de Trabajo realizada a finales de julio. En este marco, esperamos que los flujos de comunicación serían más fluidas. Así mismo, nos comunicó que el Secretario o la Jefa de Servicio de Recursos Humanos serían las personas encargadas de enlaces sindicales con el C.E. De todas formas seguiremos vigilantes porque un retroceso de estas relaciones supondría volver a denunciar.

  • Informe de la Comisión de Trabajo de Salud Laboral. Desde el Comité de Empresa se ha puesto en marcha dos Comisiones de Trabajo (Salud Laboral y Recursos Humanos) con el objetivo de analizar la situación, detectar problemas y proponer mejoras en el ámbito laboral. Hay que señalar que todas sus propuestas se elevan al Pleno del Comité donde se deliberan y se aprueban si procede. La Comisión de Salud Laboral ha previsto las siguientes actuaciones:

-Solicitar informe de las visitas de la empresa NOVOTEC (empresa contratada por la Comunidad Autónoma de Canarias para la evaluación de riesgos laborales) a las Oficinas de Empleo de Lanzarote y Fuerteventura.

-Programar una serie de visitas a las Oficinas de Empleo para realizar una evaluación previa de riesgos laborales existentes. Además, se elaborarán unas octavillas en las que se avisan de riesgos y posibles soluciones.

-Solicitar información sobre accidentes de trabajo o enfermedades profesionales del personal del SCE, y contrato de la empresa Medycsa y Novotec..

-Estudiar la posibilidad de crear un Comité de Salud Laboral propio en el seno del SCE.

  • Informe de la Comisión de Recursos Humanos. En esta Comisión se ha propuesto las siguientes actuaciones:

-Comunicado a l@s compañer@s para que se tramite correctamente el tema de las bajas, confirmaciones y altas médicas.

-Escrito al SCE donde se solicita que no se realicen excepciones en el tema del control horario, no se apliquen sanciones arbitrarias, que se permita la consulta individual al tema del control horario a través de medios telemáticos, y que se proporcione un listado del control horario del personal desde enero hasta la fecha (con anterioridad se solicitó pero no tuvimos respuesta alguna).

-Se denuncia nuevamente el procedimiento que se está desarrollando en el tema de las movilidades por su falta de transparencia. En este sentido, se propone realizar una propuesta de criterios objetivos por parte del C.E.

-La realización de una Asamblea general para mediados de enero de 2008.

-Modificar los informes de tareas que elabora el Comité de Empresa para los trabajadores, donde se recojan todas las funciones que realiza el trabajador.

-Que el SCE busque medidas de recolocación del personal interino afectado por la primera promoción interna.

· Situación de riesgo del personal adscrito a la Sección de Empleo y AA. II Discapacidad. Se expone que junto a la provisionalidad de su ubicación se une problemas físicos como los mareos, vista cansada, uso de gafas de cerca, elevación de temperatura ambiental, mala iluminación, malos olores, cansancio, etc. Por ello, el Comité de Empresa insta al SCE para que de forma de forma urgente se reinicien las obras pendientes en el Servicio de Empleo por las molestias que están ocasionando el retraso de las mismas. Además, se le solicita información al SCE del procedimiento de acceso a la Mutua para que se realice una revisión del ambiente de trabajo, así como las revisiones médicas oportunas por los problemas de salud laboral relatados con anterioridad.

o Ayudas de acción social del personal transferido del INEM. Se informa que el proceso de baremación está muy avanzado y que con toda probabilidad se cobrará para la nómina de diciembre.

o Información sobre la denuncia a la Inspección de Trabajo. En este punto, se informa que el próximo 14 de noviembre hay una comparecencia del C.E. y el SCE ante la Inspección de Trabajo, a raíz de la denuncia presentada a finales de julio por no aportar información al CE, tal como establece el Convenio Colectivo del Personal Laboral, y por no comunicar los procesos de traslados que se han realizado en el SCE. Indicarles que de no justificar la información y documentación dispuesta en el artículo 52 del citado Convenio al SCE le puede acarrear una sanción económica de 90.151,82 euros. De todas formas, esta denuncia servirá para que la Administración nos tenga en cuenta como representantes legales de los trabajadores.

Las Palmas de Gran Canaria a 7 de noviembre de 2007.

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