FELICITACIONES
El Comité de Empresa de Las Palmas les desea unas Felices Fiestas y un Próspero 2010.
La información sindical al minuto
22 Diciembre 2009
El Comité de Empresa de Las Palmas les desea unas Felices Fiestas y un Próspero 2010.
21 Diciembre 2009
El día 24 de noviembre se celebró una Asamblea Informativa en el Lomo Apolinario organizada por el Comité de Empresa. Dada la preocupación que se está produciendo entre el personal del SCE por los cambios que se están produciendo la Asamblea contó con una alta participación. En la misma se explicó la información obtenida de la reunión que mantuvo este Comité con el Director y que se concretan en los siguientes puntos:
-Que las Oficinas de Empleo habían tenido un papel secundario en la inserción laboral y que el SCE se centraba básicamente en la gestión de subvenciones. Que por ello, se hacía necesario un cambio de imagen.
-Habló de la Modernización del SCE, un documento que se llevó a la reunión del Consejo General de Empleo de 30 de octubre de 2009 y que está pendiente de su aprobación. En este sentido, comentó que en las Oficinas de Empleo había que reforzar los servicios de valor añadido como la prospección del mercado de trabajo, la intermediación laboral y la orientación profesional. En este marco se creaban las oficinas comarcales con un claro perfil técnico, y las oficinas administrativas con funciones de inscripciones abreviadas e información.
-Se crearía una red colaborativa en materia de políticas activas de empleo, donde el SCE sea quien lidere esta red. En la misma tendría presencia los Ayuntamientos, los Cabildos, Funcatra, Cámaras de Comercio, Fundaciones Universitarias, Centros de enseñanza de formación, organizaciones empresariales y sindicales.
-Ante la pregunta que si en las oficinas administrativas no habría trabajo para el personal existente el Director contestó que no sobraba nadie, que trabajo había y que se estaba creando un falso alarmismo.
-Vinculó un plan de estabilización del personal temporal del SCE a la aprobación del documento de Modernización del SCE, que en la actualidad está pendiente de llevarse al Consejo General de Empleo, sin que haya existido participación de este Comité de Empresa, pues no ha habido comunicación sobre este asunto, con lo que no conocíamos la propuesta que se elevó al Consejo General.
Por otro lado, se le habló de los problemas de funcionamiento del trabajo en las Oficinas de Empleo motivado por la aplicación de la Búsqueda Activa de Empleo. Se criticó que hay una vuelta atrás en los servicios a los usuarios como la dar cita en un plazo de dos meses o impedir que el personal administrativo pueda mecanizar títulos académicos. Nos contestan que a los Directores de Oficinas se les había explicado estos cambios y se mostraron extrañados del tema de la mecanización de los datos. Se mostraron abiertos a que les llegara información de las deficiencias.
El Comité de Empresa informó al personal presente en la Asamblea que se realizarán acciones judiciales contra las encomiendas de Funcatra y se efectuarían las gestiones oportunas por presuntas irregularidades en el tema de cesión de datos de los usuarios en el aplicativo de Búsqueda Activa de Empleo.
Tras un debate sobre las actuaciones realizadas se acordó que los compañeros hicieran llegar al Comité propuestas de acción, que posteriormente serían ratificadas en una asamblea de trabajadores. El Comité de Empresa de Las Palmas acordó celebrarla el día 20 de enero de 2010 en horario de tarde (a partir de las 17'30 horas hasta las 19'30 horas). En este sentido, se hacía necesario implicar al mayor número de compañeros y por ello era importante que las propuestas se conocieran y se valoraran por todos ante de celebrar la Asamblea. Las propuestas son las siguientes, que serán debatidas y votadas en la Asamblea:
-Elaboración de pancartas que se coloquen en las instalaciones de no a Funcatra. Se acompañarán de pitadas en las mismas horas y días.
-Mandar notas de prensa.
-Realización de propuestas a desarrollar y remitirlos a los trabajadores para la próxima asamblea.
-No a la realización de horas extras.
-Reparto de octavillas a los demandantes con información de la situación actual del SCE por grupos de desayuno.
-Solicitar entrevistas a medios alternativos.
-Panfletos/Octavillas informando al público de cada Oficina de Empleo con un buzoneo de lo que está pasando con sus derechos.
-Que los delegados sindicales liberados pidan firmas de apoyo apostados en las oficinas de empleo.
-Poner en conocimiento lo del B.A.E. (Búsqueda Activa de Empleo) a la Agencia Nacional de Protección de Datos.
-Firma de los trabajadores de un compromiso de respaldo de las actuaciones que se llevarán a cabo.
-Redactar un texto donde se explique la situación real del SCE y todo lo que afecta al público para pasarlo a todos los contactos posibles.
-Hacer huelga un día o los necesarios en el SCE.
-Concentraciones en horas punta en sitios claves de mucha asistencia de público con pitadas y entrega de panfletos fuera de la jornada laboral.
-Comunicados de prensa (Funcatra, B.A.E.).
-Desayunos reivindicativos.
-Negociación responsable de la RPT en el tema de la estabilidad laboral.
-Boicotear el servicio de citas B.A.E., haciéndolo a petición del usuario y rellenando los campos mínimos de información.
-Convocar a los medios de comunicación para denunciar lo que sucede.
-Aprovechar foros en Internet, blog, periódicos digitales para hacer llegar las reivindicaciones.
-Que el Director del SCE visite todas y cada una de las Oficinas de Empleo para escuchar a los trabajadores.
-Exigir la dimisión del Consejero y del Director por su manifiesta incapacidad para conseguir que las oficinas de empleo sean órganos apropiados para conseguir empleo de calidad.
-Hacer un llamamiento de unidad entre el personal de las diferentes Consejerías afectados por el recorte presupuestario.
-Reanudar los desayunos reivindicativos al ser posible delante de la puerta del Director del SCE.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2009.
18 Diciembre 2009
El Secretario General del SCE nos propone realizar aportaciones al documento de Modernización del SCE en un momento donde se está pendiente de tramitarlo en el Consejo General de Empleo, y cuando algunas medidas contempladas en el borrador se están ejecutando como es la puesta en marcha de las Oficinas Comarcales. No obstante, cualquier medida de modernización del SCE donde se prime su orientación básica como servicio público es altamente positivo tanto para la organización como para los ciudadanos.
Hay que resaltar un elemento negativo de este proceso y es que no se ha contado con la participación de los recursos humanos del SCE, con una amplia experiencia y cualificación profesional, ni con sus representantes legales (Comités de Empresas y Juntas de Personal). En las políticas de planificación y organización es fundamental implicar a sus efectivos laborales, y en este organismo por suerte disponemos de profesionales con una amplia experiencia en materia de políticas de empleo.
Para este Comité de Empresa hubiese sido positivo que se le proporcionara este documento con antelación y no con un plazo tan escaso para realizar aportaciones a este documento. Ante el breve espacio de tiempo que nos han dado este Comité quiere abordar dos aspectos fundamentales:
-El papel de las Oficinas de Empleo.
-El plan de estabilización del personal temporal.
Con respecto a las oficinas de empleo es necesario identificar su papel. En 1999 se transfirió a la Comunidad Autónoma de Canarias la gestión de las políticas activas de empleo, donde se incluían las Oficinas de Empleo. En sí, han constituidos unidades de gestión para potenciar la intermediación en el mercado de trabajo, mediante el conocimiento y asesoramiento de sus demandantes, y la captación y gestión de ofertas de empleo, con la finalidad de proporcionar a los trabajadores un empleo adecuado a sus características como facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados a sus requerimientos y necesidades. Todo ello se ha desarrollado en el marco territorial de las Islas, acercando los servicios a los ciudadanos, con un una red amplias de oficinas. Es fundamental recalcar este trabajo porque en el documento de Modernización del SCE se habla que no cumplían sus objetivos.
La propuesta que recoge el documento de Modernización tiende a un nuevo modelo de oficinas de empleo:
- Oficinas comarcales con un perfil técnico en áreas de ofertas, intermediación, orientación, etc.
- Oficinas administrativas donde se gestionarán la información de prestaciones y las inscripciones abreviadas.
A nivel organizativo este nuevo modelo ha generado incertidumbres en el personal de oficinas, ya que con las funciones que tienen encomendadas se produce una preocupación por si habrá trabajo suficiente y adecuado, sobre todo para el personal administrativo. En una reciente reunión de este Comité con la Dirección se expuso este tema, donde se nos tildó de alarmistas, pero si es prioritario ampliar el catálogo de funciones a desarrollar por este personal. En la práctica se están observando disfuncionalidades a la hora de implantar nuevos procesos como el B.A.E. Por ejemplo, desde que se inscribe el usuario hasta que se le da cita previa por parte del técnico pueden pasar meses, en la que el personal administrativo no puede inscribir titulaciones, mientras una persona ha perdido opciones de realizar un curso de formación. Esta debilidad debería corregirse con una ampliación de tareas dirigida al personal administrativo, que ya cuenta con experiencia profesional, para hacer modificaciones de la demanda. Si el B.A.E. está orientado a personas dispuestas a trabajar es conveniente contar con las mejoras de los procesos internos.
No podemos dejar pasar la ocasión para incidir en un aspecto fundamental: la optimización de los recursos humanos. Dentro de una visión de una oficina de empleo como un eje estratégico en la puesta en marcha de políticas de empleo en el marco territorial es importante disponer de personal con experiencia y cualificación. Por ello, le proponemos que articulen el artículo 16 del Convenio Colectivo del personal laboral como instrumento dinamizador en aras a potenciar los servicios que se prestan a los ciudadanos.
Otro aspecto a resaltar es que este nuevo modelo de oficina de empleo rompe con el principio de acercar los servicios a los usuarios al obligarles a un desplazamiento de su zona de residencia, contraviniendo las aspiraciones que promulga el SCE sobre la prestación de un servicio público basado, entre otros, en el principio de máxima proximidad al ciudadano canario (véase el inicio de los antecedentes de la Resolución de 30 de octubre de 2009, del SCE, publicado en el B.O.C. nº. 223 de 13 de noviembre de 2009). En definitiva, para este Comité las Oficinas de Empleo deben ser instrumentos territoriales en materia de intermediación y orientación profesional, porque este nuevo modelo tenderá a vaciar de contenido a las actuales Oficinas de Empleo.
Otro rasgo característico de este nuevo modelo y ligado a la implantación del B.A.E. es la puesta en marcha del aplicativo informático que es la agenda electrónica y vinculada a Funcatra. Desde este punto de vista no entendemos que teniendo una amplia base de datos a través del SISPECAN se tenga que implementar un procedimiento que está relacionado con la citada fundación. En este marco, es importante delimitar las funciones del Servicio Público de Empleo, ya que Funcatra funciona como agencia de colocación y con encomiendas de gestión propias del SCE, porque de lo contrario no nos encontraríamos con una red integrada de agentes que operan en materia de empleo, sino un proceso de externalización de funciones públicas. Por ello, le proponemos que el sistema B.A.E. esté relacionado directamente con el SISPECAN-Demandantes.
En otro orden de cosas el documento de Modernización dedica un capítulo a la consolidación de la plantilla del personal laboral temporal. En sí, supone un elemento positivo que el SCE quiera estabilizar a su personal laboral y que reconozca que está realizando funciones estructurales, ya que uno de los objetivos prioritarios de este Comité es avanzar en líneas de consolidación para el personal temporal.
No obstante, es fundamental que a los representantes de los trabajadores se nos aporte la documentación que sustenta un Plan de Empleo para la consolidación de la estructura de recursos humanos del SCE como así establece este Plan de Modernización.
Cuando se habla en el documento de darle carácter estructural a los puestos siguiendo una RPT acorde con los ratios de trabajador/perceptor de prestaciones que tiene el Servicio Público Estatal es importante que esta ordenación de los recursos humanos contemple a todo el personal sin excepciones. Pero, al mismo tiempo el texto tiene que hacer referencia también a los recursos humanos que trabajan en los servicios centrales.
Por otro lado, la reestructuración administrativa que se cita debe ir ligada a las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo y no a simple resoluciones administrativas. En este sentido, se debe contar en todo momento con la participación de los representantes de los trabajadores.
Las Palmas de Gran Canaria a 15 de diciembre de 2009
25 Septiembre 2009
Les informamos que el Director del SCE ha dictado una Resolución por la que se regula la organización funcional de las actuaciones comprendidas en la Subdirección de Formación, con fecha de 11/09/2009 ha sido notificada el viernes 18 de septiembre a todos los integrantes de la Subdirección de Formación. Ello implica que el personal estará encuadrado en los Servicios, Secciones y/o Unidades Administrativas que se modifican. La nueva estructura administrativa, modifica la actual R.P.T. publicada en el B.O.C. de 22 de diciembre de 2006, que es aprobada en el Consejo General de Empleo. La estructura administrativa que se plantea es la siguiente:
-Unidades administrativas comunes en ambas provincias: Sección de Formación para desempleados, seguimiento, evaluación y calidad formativa; Sección de Acreditación e inscripción de centros, prácticas en empresas, becas y ayudas; Unidad de subvenciones y proyectos y unidad Sispecan-Formación; Sección de Gestión Económica, justificación y Certificación.
-Unidad administrativa solamente en la provincia de Tenerife: Unidad de Formación para Ocupados. Y dentro de la formación para ocupados es donde introducen a Funcatra dentro del organigrama.
Como se observa es una modificación sustancial de la estructura organizativa y no una distribución de efectivos por necesidades del servicio.
Como ha sucedido con otras materias de este organismo no se ha contado con la participación de los representantes de los trabajadores en un tema de organización donde al menos se les debería informar.
En el mes de Julio de 2009 el C.E. de Las Palmas tuvo una reunión con el Director y con Secretario General, que ya se informó de ello, y no se nos dijo nada al respecto. Tal y como viene esa resolución, no es un tema de ahora para después, sino que ya estaba en la caldera a punto de ebullición.
Esta modificación, entendemos debería haberse aprobado por el Consejo General de Empleo, y ello no ha sido así: una vez más prevalece la imposición frente a la razón.
Otro aspecto preocupante para este Comité es que se le da carta de naturaleza a Funcatra dentro del organigrama de la Subdirección de Formación, un claro ejemplo de la usurpación de funciones públicas por parte de una entidad ajena a la Administración Pública.
En la propia Resolución del Director nº. 09/8480 de fecha de 11 de septiembre de 2009, establece el plazo de 30 días para poder presentar recurso de alzada, ante el Consejero como paso previo al contencioso-administrativo, entre otros cauces legales.
Por todo ello, este Comité se reservará el derecho de emprender acciones legales contra esta Resolución.
Las Palmas de Gran Canarias, a 25 de septiembre de 2009
28 Julio 2009
1.- Creación de nuevas plazas de R.P.T. en el SCE
El Secretario General del SCE ha señalado que en un Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias de principios de julio se acordó la creación de plazas en este organismo autónomo atendiendo a su especificad. Este procedimiento estaría dirigido al personal temporal e indefinido que en la actualidad no tienen plazas en la R.P.T.
También, resaltó que a partir de septiembre el Consejo General de Empleo va a aprobar e iniciar el expediente de ampliación de la R.P.T. dentro del marco de la Modernización del SCE que contempla el Pacto Social por la Economía y el Empleo en Canarias, firmado recientemente entre el Gobierno de Canarias y los agentes sociales y económicos. La citada relación de puestos de trabajo será financiada con el P.I.E.C., que recientemente el Gobierno Central ha prorrogado para los próximos años.
Por otro lado, ha indicado que desde la Dirección del organismo se ha tramitado la solicitud ante la Dirección de los Servicios Jurídicos y de Función Pública para la conversión de los temporales en indefinidos.
Además, indica que habrá un marco de ordenación específica para el SCE, con un proceso de consolidación al margen del que se está negociando en la actualidad entre Función Pública y los sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos.
2.- Cambios del código en la Seguridad Social del personal indefinido
Como recordaran al personal indefinido se le ha puesto el código 410 (contrato de interinidad a tiempo completo). En este sentido, el Comité de Empresa ha solicitado que se les adjudique el código 100. Hay que informar que se está pendiente de un informe de la Inspección de Trabajo para determinar este tema, para lo cual se les ha adjuntado copia de una sentencia judicial.
Relacionado con lo anterior este Comité solicitará a la Dirección del Servicio Canario de Empleo que se realice una aclaración de las ocupaciones que tienen los compañeros que han firmado los contratos indefinidos por sentencia judicial firme y la descripción de las mismas se adecuen a las tareas que realmente desarrollan. Por ejemplo, las funciones que se adjudica a un auxiliar administrativo son las de taquigrafía cuando en realidad las funciones que desarrollan son otras de carácter más especializado.
3.- Creación del Comité de Salud Laboral de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.
El pasado día 17 de junio de 2009 se constituyó este Comité, del cual dependerá el Servicio Canario de Empleo. Hay que resaltar que en la misma estará Juan Alonso como delegado de prevención y que es compañero del SCE en Las Palmas. Por ello, es importante canalizar cualquier problema en esta materia a través del Comité de Empresa.
Nos han informado que dentro de los temas que se han solicitado se encuentran las evaluaciones de riesgos realizadas en el SCE como las correspondientes a las Oficinas de Empleo de Gáldar, Rafael Cabrera y Telde.
4.- Protocolo por la Gripe A
Ante el problema de la Gripe A este Comité solicitará a la Dirección del Servicio Canario de Empleo el establecimiento de un Protocolo de Actuación Sanitaria para los empleados públicos que trabajan tanto en las Oficinas de Empleo como en los Servicios Centrales.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de julio de 2009.
14 Julio 2009
NOTA INFORMATIVA C.E.
El día 7 de julio hubo una reunión entre el Comité de Empresa de Las Palmas y la Dirección del SCE. Por parte de la administración estuvo presente el Director, el Secretario General y el Subdirector de Empleo.
Los temas que se trataron fueron los que propuso este Comité en su escrito de 18 de junio de 2009 al Director del organismo:
-Situación del personal laboral.
-Ampliación de la R.P.T. del SCE.
-Relaciones laborales.
-Despidos nulos.
-Ayudas sociales del personal transferido del INEM.
-Movilidades.
-Situación de las Oficinas de Empleo.
-Permisos y licencias.
-Funcatra.
1.- Situación del personal temporal y ampliación de la RPT. En este punto nos informaron que en principio el Ministerio de Trabajo va a prorrogar el PIEC para los próximos años según les comunicaron al Gobierno de Canarias en la reunión mantenida el pasado 23 de junio en Canarias.
Además, se señaló que se está trabajando en una ampliación de la RPT, que se enmarca dentro de la Modernización del Servicio Canario de Empleo, que recoge el Pacto Social y por el Empleo que firmaron recientemente el Gobierno de Canarias y los agentes sociales y económicos. En ese sentido, se nos esbozó que se trabaja para que haya financiación para el personal temporal e indefinido dentro de una RPT, donde se ajustaría a todos los recursos humanos que actualmente no tienen plaza en el SCE. A la pregunta si este tema estaba dentro de la propuesta del Catálogo de Funcionarización de la Dirección General de Función Pública, David Gómez indica que no tiene idea al respecto. Lo que manifiesta es que la solución que da Función Pública es la de convertir las plazas en funcionarios interinos. Esperemos que pronto nos trasladen la Memoria Explicativa para poder ofrecerles una información más detallada.
2.- Relaciones Laborales. En este capítulo se abordaron varios temas como los despidos nulos, la UPD en la Oficina de Arrecife y las movilidades.
-Con relación al escrito presentado por este Comité sobre el inicio de un Expediente Informativo por parte de la Dirección que depuren responsabilidades administrativas por dos despidos nulos, donde las sentencias afirman que se aplicaron prácticas anticonstitucionales, el Director nos comenta que el Comité de Empresa no recibiría ninguna contestación porque este órgano de representación no tenía competencias al respecto. Desde el Comité de Empresa no estamos de acuerdo con dicha apreciación, pues es el Comité quién insta a abril el expediente informativo. Si no se recibe respuesta dentro del plazo estimado legalmente, seguiremos actuando con la legislación vigente, ante el daño ocasionado a la Administración Pública.
- Otro de los temas tratados hacía referencia al escrito del Comité de Empresa donde se recalcaba que el compañero Jorge Guevara, de la Oficina de Empleo de Arrecife, se le debían restituir las funciones vinculadas a las Escuelas Taller. El Director contestó que la organización de los recursos humanos era competencia de la Dirección. El Subdirector de Empleo recalcó que la Oficina estaba sobrecargada y se debía ajustar las necesidades de la oficina a nivel de recursos humanos.
El Comité de Empresa dejó claro que lo que se reclamaba era que se mantuviese al personal del SCE realizando las funciones estructurales que se le reconocieron en sentencia, y que en cualquier caso el personal perteneciente a la Unidad de Promoción y Desarrollo (UPD) hiciera tareas de apoyo y colaboración, tal cual determina su normativa específica y, que nunca suponga la sustitución del personal propio del SCE. Por ello, se le planteó que las funciones de la UPD se realizaran fuera del SCE. En este sentido, el Director se comprometió con transmitir instrucciones a la Dirección General de Juventud, organismo que contrata a los técnicos de la UPD, para la coordinación de las funciones de este servicio.
El Comité de Empresa dejó claro que lo que se reclamaba era el aprovechamiento del personal que había conseguido ganar sentencias donde se les reconocía funciones de escuelas taller y evitar contrataciones de personal ajeno al organismo, que al final iban a realizar las mismas funciones. Por ello, se le planteó que las funciones de la UPD se realizaran fuera del SCE. En este sentido, el Director se comprometió con transmitir instrucciones a la Dirección General de Juventud, organismo que contrata a los técnicos de la UPD, para la coordinación de las funciones de este servicio.
-Movilidades. En este apartado el Comité recalcó que se habían recibido quejas de personas a las que se habían denegado las movilidades por motivos de salud o por conciliar la vida familiar y laboral, y que desde siempre los criterios de concesión no habían sido para nada transparentes. En este sentido, el Secretario General apuntó que las concesiones estaban vinculadas con el procedimiento de permutas y en los casos por motivos de salud se estaban basando en la colaboración de la Inspección Médica, quién realizaba los informes oportunos para autorizar las movilidades por temas de salud.
3.-Ayudas de los transferidos del INEM. En este punto, la Dirección recordó su esfuerzo para que el año pasado saliera esta convocatoria, y que en el borrador del presupuesto para el 2009 se contemplaron pero que la Dirección General de Función Pública lo rechazó en base al Acuerdo 2006-2009.
4.- Situación de las Oficinas de Empleo. Se nos explicó que la red de oficinas no se adecuaba a la realidad actual del mercado de trabajo. Por ello, se planteaba la puesta en marcha de unidades descentralizadas y cercanas a los ciudadanos como la que quieren implantar en Jinámar, donde se informará del catálogo de servicios que tiene el SCE, y que de esa información recibida esta población desempleada pudiera revertir nuevamente en las Oficinas de Empleos. Se estaba coordinando todo este proceso con el Servicio Público de Empleo Estatal y el Ayuntamiento. Se le hizo la observación al Director de que por que no se volvía a abrir la oficina de empleo de Ingenio, tomando la idea como buena y se planteó trabajar sobre ello.
Por otro lado, se iban a poner en marcha de las Oficinas Comarcales, que no aparecían en las R.PT., con el objetivo de convertirse en unidades donde se pretende mejorar la intermediación laboral y la empleabilidad. Para ello, se contaría con los técnicos de ofertas, de demandas y los tutores de Empleo. En Gran Canaria habría una oficina en Vecindario y otra en Las Palmas de G.C.. Mientras en Lanzarote y Fuerteventura contaría con una oficina comarcal en cada isla.
Para dotar estas oficinas comarcales se establecería como primera fase la voluntariedad del personal. En este sentido, el Secretario General comentó que se harían unas instrucciones para reclutar voluntarios tanto a nivel de funcionarios como de personal laboral con perfil de técnicos. En caso de no conseguir el personal suficiente se plantearía la movilidad previa negociación con el Comité de Empresa.
El resto de Oficinas de Empleo cumplirían con funciones meramente administrativas.
El Secretario señaló que se estaban trabajando en mejoras en las Oficinas de Empleo como que el DARDE se pueda realizar a través del 012, mejoras en las salas de esperas y en las citas previas, el restablecimiento de la unidad móvil como servicio integral para los desempleados.
5.- Permisos y licencias. El Comité criticó que el día de compensación por caer un festivo en sábado, como fue el 30 de mayo, deberían disfrutarse la semana siguiente como sucedió en una unidad del Servicio de Empleo. En este sentido, el Secretario General comentó que se habían dado instrucciones a los Servicios para que el citado día se disfrutara ajustándose a las necesidades del servicio. Por parte del Comité se le recordó que las Instrucciones de Función Pública eran claras al respecto y que las formas que se utilizaron por parte de la unidad de empleo no eran las más correctas porque generó una alarma innecesaria entre el personal por la forma en que se difunde la información por parte de los jefes respectivos.
6.- Funcatra. En este apartado el Comité de Empresa expuso a la Dirección su preocupación porque las Oficinas apenas gestionaban ofertas de empleo mientras Funcatra controlaba la mayor parte de las mismas. Además, que compañeros de Oficinas eran víctimas de la falta de coordinación entre el SCE y esta Fundación, ya que por un lado eran objeto de las críticas de los desempleados, que eran derivados por Funcatra, por no poseer información de ofertas gestionadas por esta entidad y por otro el trabajo de los tutores de empleo lo repetían los orientadores de la Fundación en la atención a los desempleados, lo que estaba causando dispersión de servicios y recursos.
El Directo contestó que no sobraba nadie y que Funcatra como los ADL, GOIP, etc. formaban parte del sistema canario de empleo, donde entraba tanto el propio Servicio Canario de Empleo como todos los organismos o entidades que trabajaban con recursos que se generaban desde el propio SCE.
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2009
19 Junio 2009
El Comité de Empresa quiere aclarar determinadas cuestiones de la nota informativa del sindicato COBAS donde se acusa al Comité de no preocuparse por la consolidación del personal temporal y que a todas luces son falsas:
-Para este Comité uno de sus principales objetivos es la búsqueda de fórmulas de consolidación del personal laboral, que representa casi un 50% del total de los efectivos laborales del SCE. No obstante, la Dirección General de Función Pública ha manifestado que el único instrumento de consolidación que se realizará es el que se establece en la Disposición Adicional Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, que es una norma básica para todas las Administraciones Públicas. En anteriores notas informativas se ha informado de esta circunstancia, que también es de conocimiento de todos los sindicatos que componen este Comité. Para que quede nítidamente claro, cualquier procedimiento de ordenación de recursos humanos conlleva la negociación con la Dirección General de Función Pública, responsable de la política de personal de los recursos humanos de la Administración Pública de Canarias, en la Mesa General de Negociación de Empleados públicos, donde están presentes los sindicatos de UGT, CC.OO, IC y SEPCA.
En este sentido, hay que resaltar que es falso decir que el Comité no quiere abordar el tema de la consolidación, sino que en la mesa principal de negociación de los empleados públicos Función Pública ha dejado claro que la consolidación del personal temporal debe ajustarse a lo establecido en el EBEP, por lo que cualquier sindicato que no se encuentre en esta mesa debería informarse de este procedimiento en Función Pública antes de lanzar acusaciones de este tipo.
-Por otro lado, hay que aclarar que las afirmaciones atribuidas a tres sindicatos (UGT, CC.OO y SEPCA) sobre el tema de la consolidación son erróneas. En el Acta del 30 de marzo de 2009, que fue aprobada por unanimidad en la reunión del C.E. del 27 de abril, cuando se trató el punto sobre “Información sobre la funcionarización y consolidación de empleo de los representantes del Comité cuyos Sindicatos están en las negociaciones”, en el citado Acta se recoge lo siguiente: “Se informó que en la actualidad la Administración no se había sentado a negociar con los sindicatos presentes en la mesa general de empleados públicos de Canarias. Además, que esta materia no era de negociación de los Comités de Empresas. De todas formas, que si había algún sindicato interesado en el tema les hiciera llegar a la Dirección General de Función Pública sus propuestas o solicitase a los Sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos información al respecto.” Como se observa, lo que se recogió en el Acta hace referencia al proceso de ordenación de los recursos humanos que se está negociando en la Mesa General de Empleados Públicos, que como tal no es competencia de los Comités de Empresas.
-Por último, es falso que el Presidente dijera que el tema de la consolidación del personal laboral no se trataría más en ninguna reunión del Comité de Empresa. Además, estas afirmaciones van en contra de la forma de trabajar del Presidente del Comité, ya que uno de los elementos característicos de éste órgano de representación es la participación y la colaboración, donde la información es fluida y los acuerdos son tomados por mayoría de sus miembros. Hay que dejar claro que en el Acta de la reunión del Comité de Empresa del 27 de abril de 2009, aprobado en la reunión del 25 mayo, dentro de ruegos y preguntas de comentó lo siguiente: “José Ruano (sindicato COBAS) comentó sobre el tema de la consolidación del empleo, ya que no estuvo en la reunión del último Comité y no había recibido información al respecto. Por parte del Presidente se le comenta que en la actualidad Función Pública no se ha reunido con los sindicatos presentes en la Mesa General de Empleados Públicos para analizar la ordenación de los recursos humanos en Canarias, que incluye tanto la funcionarización del personal laboral fijo como la consolidación del empleo temporal, y que ésta se desarrollará según Función Pública, al amparo en los dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público, afectará a los puestos anteriores al 1 de enero de 2005”.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2009
18 Junio 2009
Este Comité felicita a la compañera Begoña, que fue despedida en noviembre de 2008, y que una sentencia reciente reconoce que la Administración vulneró la garantía de indemnidad, un derecho reconocido que prohíbe tomar represalias contra cualquier persona que ejerza una acción legal en protección de sus intereses. Esperamos que esta sentencia sea un marco de referencia para que cambie sustancialmente determinadas conductas que lesionan los derechos laborales en el SCE. Y recordamos al Director y a su equipo directivo que van ya dos sentencias de despidos nulos.
A continuación le detallamos los principales asuntos tratados:
1.- Reunión con el Director del Organismo
Este Comité acuerda aceptar la propuesta de reunión que el Director anunció en su asamblea informativa con el personal del Lomo Apolinario, y estamos a la espera de su convocatoria. Hay que recordar que las negociaciones están paralizadas desde el 9 de octubre de 2009 por parte de la Dirección. Para este Comité es fundamental el diálogo, pero siempre bajo las premisas irrenunciables de la defensa de los derechos de los/as trabajadores/as y la defensa del servicio público de empleo. Les informamos que los puntos que queremos abordar son los siguientes:
-Situación del personal temporal.
-Ampliación de la R.P.T. del SCE.
-Relaciones laborales.
-Despidos nulos.
-Ayudas sociales del personal transferido del INEM.
-Movilidades.
-Situación de las oficinas de empleo.
-Permisos y licencias, etc.
-Funcatra.
2.- Nota informativa del C.E. sobre la consolidación
Este punto está relacionado con la nota informativa del sindicato Cobas donde cuestionaba el papel del Comité en el tema de la consolidación de empleo. Para este Comité era necesario informar a los/as trabajadores/as sobre lo que había sucedido en dos reuniones del Comité de Empresa para dejar clara las informaciones erróneas y equivocadas que se vertieron contra este órgano de representación. En este sentido, hay que resaltar que uno de los objetivos principales de este Comité es la búsqueda de fórmulas de consolidación del personal laboral, que representa casi un 50% del total de los efectivos laborales del SCE. Sin embargo, la Dirección General de Función Pública, máxima responsable en la política de recursos humanos de la Administración Autonómica de Canarias, ha manifestado que el único instrumento de consolidación que se realizará es el que se establece en la Disposición Adicional Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, que es una norma básica para todas las Administraciones Públicas: puestos dotados presupuestariamente anteriores al 1 de enero de 2005.
3.- Restitución de las funciones a un compañero de trabajo
Se acordó remitir un escrito al Director para que a un compañero de la Oficina de Empleo de Arrecife se le restituyera las funciones de técnico de coordinación de escuelas taller en la isla de Lanzarote, reconocidas por sentencia judicial, y que recientemente el Subdirector de Empleo se les había quitado para que realizara otras. Lo peor del caso es que se contrató a una persona para llevar la UPD (Unidad de Promoción y Desarrollo y ligada directamente a la Sección de Escuelas Taller) en la citada Oficina, cuando ya había un compañero que realizaba con eficacia estas tareas.
4.- Expediente Informativo
El Comité de Empresa se felicitó por la última sentencia de despido nulo de la compañera Begoña. En este marco, es la segunda donde queda probado que los despidos estaban relacionados con las reclamaciones de derechos laborales y no por causas organizativas, vulnerándose un derecho constitucional. Por todo ello, se decidió elevar un escrito tanto a la Dirección del SCE como a la Inspección General de Servicios con el objetivo de que se abriera un Expediente Informativo que determinase las responsabilidades administrativas por este asunto.
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